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Novedades Profesionales
Edición del miércoles 17 de septiembre de 2025, Año 6, N° 1265
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Legislación y Avisos Oficiales. Primera sección correspondiente a la edición Número 35.751 del miércoles 17 de septiembre de 2025.
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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 5758/2025
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Impuesto sobre créditos y débitos bancarios: prórroga excepcional para el ingreso del período 16 al 22 de septiembre de 2025.
SUMARIO
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Se dispone, por única vez, que las obligaciones de ingreso de las sumas percibidas y/o del impuesto propio devengado por los agentes de liquidación y percepción del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias correspondientes a los hechos imponibles perfeccionados entre el 16 y el 22 de septiembre de 2025 podrán cumplirse hasta el 24 de septiembre de 2025 inclusive. La medida modifica en forma excepcional el cronograma previsto en la Resolución General 4.172.
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COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 1085/2025
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Normas CNV: simplificación y unificación de regímenes especiales de Productos de Inversión Colectiva (PIC).
SUMARIO
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La Comisión Nacional de Valores modifica integralmente las normas aplicables a fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión, con el fin de simplificar procesos, eliminar redundancias y unificar criterios regulatorios.
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AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 131/2025
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Reducción de las tasas de interés resarcitorio y punitorio aplicables a deudas tributarias.
SUMARIO
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La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos fija nuevas tasas de interés para las obligaciones fiscales impagas conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal provincial.
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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
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Actualización del tope de exención del Impuesto Inmobiliario para jubilados, pensionados y discapacitados.
SUMARIO
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La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe eleva a $525.799 el importe límite previsto en los incisos m) y n) del artículo 166 del Código Fiscal para acceder a la exención del Impuesto Inmobiliario sobre inmuebles pertenecientes a jubilados, pensionados y personas con discapacidad. La medida reemplaza el monto anterior de $491.401 establecido por la Resolución General 25/2025, con vigencia inmediata desde la fecha de emisión.
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| ACUERDOS Y ESCALAS SALARIALES |
SANIDAD. INSTITUTOS PSIQUIÁTRICOS. SANTA FE (SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION). CCT 476/06. INCREMENTO SALARIAL DESDE AGOSTO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE 2025.
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La Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina de Rosario (ATSA Rosario) y la Asociación de Clínicas, Sanatorios e Instituciones Psiquiátricas de Rosario y zona sur de Santa Fe acordaron una revisión salarial aplicable al personal comprendido en el CCT 476/06. En este sentido, se establecen nuevas escalas básicas con incrementos progresivos para agosto, septiembre y octubre de 2025, ratificando lo pactado en junio de 2025 y previendo una nueva revisión en noviembre. Asimismo, se otorga por única vez una asignación no remunerativa de $63.734 en septiembre con motivo del Día de la Sanidad. Además, se mantiene vigente la asignación mensual no remunerativa de $60.000, que será proporcional en casos de jornada reducida. También se convino una contribución extraordinaria a favor del sindicato en diez cuotas mensuales y un aporte solidario del 1% de la remuneración integral mensual, vigente entre febrero 2025 y enero 2026. Las partes se comprometieron a evaluar nuevamente la evolución salarial en noviembre de 2025.
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SANIDAD. CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS SIN INTERNACIÓN. SANTA FE. SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN. CCT 609/10. INCREMENTO SALARIAL DESDE AGOSTO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE 2025.
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La Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina de Rosario (ATSA Rosario) y la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la zona sur de Santa Fe firmaron un nuevo acuerdo de revisión salarial aplicable al personal comprendido en el CCT 609/10. En este sentido, se fijan nuevas escalas básicas con aumentos escalonados para agosto, septiembre y octubre de 2025, previendo una nueva revisión en noviembre. Asimismo, se otorga una asignación extraordinaria no remunerativa de $63.734 en septiembre con motivo del Día de la Sanidad. Además, se mantiene vigente la asignación mensual no remunerativa de $60.000, proporcional en caso de jornada reducida, y se ratifica el aporte solidario del 1% de la remuneración integral mensual para los trabajadores no afiliados. También se establece una contribución extraordinaria a cargo de las empresas de $10.000 mensuales por trabajador durante agosto, septiembre y octubre de 2025, con revisión desde noviembre.
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| HERRAMIENTAS PROFESIONALES |
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Planilla para generación de declaraciones juradas informativas y finales para el año 2025 – F.1359. Versión 2.0.
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Se publica la Planilla para la Generación de Declaraciones Juradas Informativas y Finales para el año 2025, junto con la generación del archivo TXT para su envío a ARCA, conteniendo la misma las escalas y deducciones personales actualizadas al segundo semestre del año.
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Resumen de los cambios respecto a la versión 1 - Registro 1: Se adecuaron los campos para poder identificar esta nueva versión. - Registro 2: Se incorporaron 2 campos para una mejor identificación del trabajador, debiéndose indicar si el trabajador labora en la justicia, y/o si tiene incoada una acción cautelar por no ser retenido por aplicación de este régimen. - Registro 3: Sin cambios. - Registro 4: Se agregaron dos campos por la identificación de si el trabajador labora en la Justicia, para exteriorizar los ingresos exentos de corresponder. - Registro 5: Sin cambios. - Registro 6: Sin cambios. - Registro 7: Se renombraron los campos pertenecientes a de la RG 4815 por su continuadora RG 5617/2024. No modifica al cálculo respecto a la versión 00100. - Registro 8: Se adecuó al año fiscal 2025. Se incorporó un campo para exteriorizar la autoretención.
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PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO (INCUMPLIMIENTOS) - 6° Edición
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📅 Fecha de Inicio: MIÉRCOLES 17/9
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📆 Fecha de Finalización: MIÉRCOLES 17/9
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⌚ Duración: 2 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará en el horario de 19:00 a 21:00 horas
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📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
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🔎 temario E INSCRIPCIÓN: AQUÍ
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TRANSICIÓN AL RÉGIMEN GENERAL - (5° Edición)
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📅 Fecha de Inicio: LUNES 22/9
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📆 Fecha de Finalización: LUNES 22/9
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⌚ Duración: 2 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará en el horario de 19:00 A 21:00 horas
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📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
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🔎 temario E INSCRIPCIÓN: AQUÍ
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Consultas destacadas publicadas el 17/9/2025:
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Consulta 74132/2025: Cómputo de antigüedad en caso de renuncia y posterior reingreso del trabajador.
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Consulta 74130/2025: Límites y formalidades de los anticipos de sueldo según la Ley de Contrato de Trabajo.
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Consulta 74128/2025: Ganancias Personas Jurídicas: deducibilidad de gastos en congresos, conferencias y viajes de negocios.
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Consulta 74126/2025: Registro de Sujetos No Alcanzados Productos de Consumo Masivo: procedimiento ante baja de la caracterización 555.
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Consulta 74124/2025: Exención de IVA en cursos extracurriculares de inglés en colegios privados.
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IVA Simple: cómputo del pago a cuenta por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL)
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Para computar el pago a cuenta que corresponda por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) en el IVA, los contribuyentes deben tener debidamente registrada su actividad económica.
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La carga se debe efectuar dentro del segundo módulo “Determinación del Impuesto y del Saldo Resultante”. Allí, bajo el título “Datos iniciales”, se debe seleccionar dentro del menú desplegable del apartado “Saldos a favor y pagos a cuenta", la opción "Otros pagos a cuenta además de retenciones y percepciones".
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Una vez confirmada la selección anterior, el sistema habilitará la tarjeta "Pagos a cuenta", pudiendo seleccionar dentro del menú lateral izquierdo, la opción “Pago a cuenta restringido - Art. a continuación del 15, Ley 23.966”.
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Con relación a las actividades económicas declaradas, se pueden consultar ingresando con clave fiscal al servicio “Sistema registral” > “Consultas” > “Datos Registrales” > “Datos de actividad económica”.
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Impuesto - Régimen: Sujetos. Obligación | Terminación de CUIT
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🛍 Impuesto al Valor Agregado - Régimen de Información de Compras y Ventas: Sujetos comprendidos en el artículo 2° de la Resolución General N° 3.685. Transferencia electrónica de datos, correspondiente a Agosto/2025 | 0-1
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📚 Fondo para Educación y Promoción Cooperativa - Régimen de Anticipos: Entidades cooperativas comprendidas en el art. 6° de la Ley N° 23.427. Ingreso de los anticipos 11º anticipo de los ejercicios con cierre en Mayo/2025, 10º anticipo de los ejercicios con cierre en Junio/2025, 9º anticipo de los ejercicios con cierre en Julio/2025, 8º anticipo de los ejercicios con cierre en Agosto/2025, 7º anticipo de los ejercicios con cierre en Septiembre/2025, 6º anticipo de los ejercicios con cierre en Octubre/2025, 5º anticipo de los ejercicios con cierre en Noviembre/2025, 4º anticipo de los ejercicios con cierre en Diciembre/2025, 3º anticipo de los ejercicios con cierre en Enero/2026, 2º anticipo de los ejercicios con cierre en Febrero/2026, 1º anticipo de los ejercicios con cierre en Marzo/2026 | 7-8-9
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💰 Impuesto a las Ganancias - Régimen General: Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Presentación del formulario de declaración jurada (DJ F. 713), correspondiente a ejercicios con cierre en Abril/2025 | 7-8-9
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💰 Impuesto a las Ganancias - Régimen General: Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Ingreso del saldo resultante, correspondiente a ejercicios con cierre en Abril/2025 | 4-5-6 💰 Impuesto a las Ganancias - Régimen de Anticipos: Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Ingreso de los anticipos 10º anticipo de los ejercicios con cierre en Junio/2025, 9º anticipo de los ejercicios con cierre en Julio/2025, 8º anticipo de los ejercicios con cierre en Agosto/2025, 7º anticipo de los ejercicios con cierre en Septiembre/2025, 6º anticipo de los ejercicios con cierre en Octubre/2025, 5º anticipo de los ejercicios con cierre en Noviembre/2025, 4º anticipo de los ejercicios con cierre en Diciembre/2025, 3º anticipo de los ejercicios con cierre en Enero/2026, 2º anticipo de los ejercicios con cierre en Febrero/2026, 1º anticipo de los ejercicios con cierre en Marzo/2026 | 7-8-9
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📈 Ingresos Brutos Convenio Multilateral - Contribuyentes y responsables: Presentación de la declaración jurada correspondiente al anticipo Agosto/2025 | 6-7
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