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Boletín de Novedades Profesionales
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Edición N° 883 del viernes 09 de febrero de 2024
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Boletín Oficial Número 35.360 del viernes 9 de febrero de 2024
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Primera Sección. Legislación y Avisos Oficiales correspondiente a la edición Número 35.360 del viernes 9 de febrero de 2024.
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SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL: MODIFICACIÓN DE LA MODALIDAD DE REUNIÓN DE LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA CONVOCADA PARA EL DÍA 15 DE FEBRERO DE 2024.
RESOLUCIÓN (CNEPSMVM) 2/2024
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Se rectifican los Artículos 1º y 3º de la Res. (MCH) 27/2024 estableciéndose que, por cuestiones operativas, la sesión plenaria ordinaria del día 15 de febrero de 2024 se llevará a cabo mediante plataforma virtual.
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Asimismo, se convalida la Res. (CNEPSMVM) 1/2024 por la cual se designó a los integrantes del Consejo del Salario, en representación del sector empleador y del sector trabajador, en calidad de consejeros titulares y sus respectivos suplentes.
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Disposición (SSI) 38/2024
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Contribuciones patronales: manual de procedimiento para la solicitud del beneficio de detracción mensual para empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería.
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Resolución (CNEPSMVM) 2/2024
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Salario Mínimo Vital y Móvil: modificación de la modalidad de reunión de la sesión plenaria ordinaria convocada para el día 15 de febrero de 2024.
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Resolución General ASIP (Santa Cruz) 190/2023
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Calendario impositivo para el Ejercicio Fiscal del Año 2024.
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Resolución General ASIP (Santa Cruz) 176/2023
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Ingresos Brutos: actualización de los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial a partir del 1 de enero de 2024.
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Resolución General DGR (Tucuman) 6/2024
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Certificado de Cumplimiento Fiscal: actualización del monto de deuda líquida y exigible para su solicitud. Modificación RG (DGR) 23/2009.
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Resolución General DGR (Tucuman) 5/2024
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Régimen de Regularización de Deudas Fiscales: plazo especial para los vencimientos de las obligaciones tributarias que operaron durante los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2023.
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Resolución General DGR (Tucuman) 3/2024
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Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos: validez de la anterior versión del programa aplicativo.
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PRINCIPALES VENCIMIENTOS DEL VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024
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💰 IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Regimen opcional para la presentación de las declaraciones juradas y pagos con vencimiento durante el mes de enero de cada año - feria fiscal (RG N° 5437/2023) - Presentación del formulario de declaración jurada e ingreso del saldo resultante, correspondiente a ejercicios con cierre en ago/2023 | CUIT Todos
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💵 IMPUESTO PAIS - Presentación de la DDJJ mensual e ingreso del saldo resultante correspondiente al período ene/2024 | CUIT 0-1-2-3
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👨🏭 SEGURIDAD SOCIAL - Empleadores F.931 y Libro de Sueldos Digital - Presentación de la DDJJ mensual e ingreso del saldo resultante correspondiente al período ene/2024
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📥 RETENCIONES Y PERCEPCIONES - SICORE - Presentación de la DDJJ Mensual e ingreso del saldo resultante correspondiente al período ene/2024 | CUIT 0-1-2-3
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💾 RETENCIONES Y PERCEPCIONES - SIRCAR - Presentación de la DDJJ Mensual e ingreso del saldo resultante correspondiente al período ene/2024 | CUIT 5-6-7-8-9
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NUEVAS TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO, PUNITORIO Y POR REPETICIÓN, DEVOLUCIÓN, REINTEGRO O COMPENSACIÓN.
Se adecuan, a partir del 1° de febrero de 2024, las tasas de interés resarcitorio, punitorio y por repetición, devolución, reintegro o compensación, a las condiciones económicas actuales, restableciendo el esquema de actualización automático. En este sentido, la AFIP publicó las tasas vigentes a partir del 1/2/2024 y con vigencia hasta el 31/3/2024.
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RIESGOS DEL TRABAJO: NUEVO IMPORTE DE LA SUMA FIJA DESTINADA AL FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (FFEP) DEVENGADO ENERO 2024.
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Recordamos que se incrementa a $444.- la suma fija a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), para las obligaciones con vencimiento a partir de febrero de 2024, correspondiente para los empleadores del Régimen General (Unidades Productivas) y del Régimen Especial de Casas Particulares.
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LIBRO DE SUELDOS DIGITAL. ERROR "EL SUELDO DETERMINADO NO PUEDE SER NEGATIVO". SOLUCIÓN.
Pregunta: ¿Cómo modificar la alícuota que trae automáticamente SIFERE Web?
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Respuesta: A partir del anticipo diciembre/2023 el sistema SIFERE WEB trae ya informadas las alícuotas de todas las jurisdicciones. Hasta antes de ese período esto solamente se encontraba disponible en algunas de ellas (por ejemplo Buenos Aires).
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Por defecto, el sistema SIFERE trae ya cargada en la DDJJ la alícuota general informada por la jurisdicción y la misma no se puede editar. Ahora bien, para aquellas situaciones donde el contribuyente deba tributar por una alícuota diferente a la general se debe hacer lo siguiente:
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- Seleccionar la actividad en cuestión, - Presionar en el botón «Editar» para cargar la base imponible y el tratamiento fiscal, - En «Tratamiento Fiscal» en lugar de elegir la opción «Normal» hay que elegir alguna de las opciones «Otros Tratamientos» y allí buscar la que contenga la alícuota que corresponda, - Presionar «Actualizar Datos».
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Una vez realizado esto, se podrá ver nuevamente el renglón de la actividad con la alícuota elegida y el impuesto determinado según la misma.
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Cabe aclarar que este procedimiento es válido cuando se genera una nueva declaración jurada desde la opción ""Crear nueva DDJJ"". En el caso de utilizar la opción ""Crear DDJJ desde"" el sistema informa las alícuotas ya decladas anteriormente en la declaración jurada que se copia con lo cual no sería necesario editar las mismas.
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AUMENTAN EL MONTO DE CAPITAL SOCIAL PARA FISCALIZACIÓN ESTATAL DE SOCIEDADES ANÓNIMAS.
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En una medida destinada a adaptarse a la situación económica del país y en línea con los lineamientos del Poder Ejecutivo Nacional, el Ministerio de Justicia ha emitido la Resolución 10/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, mediante la cual se establece un cambio significativo en el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas estarán sujetas a fiscalización estatal permanente.
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La resolución, basada en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias, y considerando el contexto económico y las políticas gubernamentales vigentes, fija en $ 2.000.000.000.- el nuevo umbral para esta fiscalización. Esta decisión reemplaza al anterior monto de $50.000.000.-, establecido en la Resolución Nº 529 del 11 de julio de 2018.
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APLICATIVOS AFIP. SEGURIDAD SOCIAL (SICOSS). VERSIÓN 45.0 RELEASE 2.
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Se incorpora actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial enero 2024
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APLICATIVOS AFIP. SOLICITUD EXCLUSIÓN RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. VERSIÓN 2.0 RELEASE 1.
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Se actualizaron los valores de la tabla correspondientes al art. 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias T.O. 2019 para las personas humanas correspondiente al periodo 2024.
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APLICATIVOS AFIP. DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS. VERSIÓN 4.0 RELEASE 16.
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Se actualizan las tasas de intereses de acuerdo a la Res. 3/2024 (ME).
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ACUERDOS CONVENIOS Y ESCALAS
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EMPLEADOS DE COMERCIO. RAMA CALL CENTER. CCT 781/20. ESCALA SALARIAL DESDE 1/1/2024.
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Como resultado de las negociaciones entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y la Cámara Argentina de Centros de Contacto, se alcanzó un nuevo acuerdo salarial concerniente a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 781/20 Rama Call Center.
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Por dicho acuerdo se incrementa la base de cálculo en un 11% remunerativo que se incorpora a las escalas básicas de enero y sobre estas se da un aumento salarial de un 20% no remunerativo que se cobrara por los meses de enero febrero y marzo 2024. Sobre dicho aumento se abonarán los adicionales de antigüedad, presentismo y será tomado en cuenta para el SAC. Dicho aumento totalizaría un 33% para enero.
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EMPLEADOS DE COMERCIO. RAMA CEREALES. CCT 130/75. ESCALA SALARIAL DESDE 1/1/2024.
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Como resultado de las negociaciones entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y la cámaras del sector, se alcanzó un nuevo acuerdo salarial concerniente a los trabajadores comprendidos en la Rama Cerealera.
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Las partes convienen aplicar un 15% remunerativo (quince por ciento remunerativo) sobre dicha escala con mas con la incorporación de las sumas no remunerativas, que será tomada al solo efecto de determinar una nueva “base de cálculo corregida”, que regirá para el mes de enero de 2024. Esta escala salarial corregida, no implicará el pago de ningún retroactivo al mes de diciembre de 2023. Asimismo, las partes acuerdan a partir del mes de enero de 2024, incrementar las escalas salariales básicas vigentes en un 25% (veinticinco por ciento) que se adjuntan y forma parte integrante del presente y que correspondan a cada categoría de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior. El mencionado incremento del 25% se abonará en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), en su valor nominal.
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ESTACIONES DE SERVICIO. EXPENDEDORES. CCT 521/07. ESCALA SALARIAL DESDE 1/1/2024.
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La cámara empresaria FECRA informó que se pactó con la parte sindical incorporar al salario básico del mes de enero de 2024 la suma de $80.000 ya otorgada como adelanto el 15 de enero y aumentar la escala salarial de los empleados para llevar el básico de un operario de playa a $543.191 y demás categorías conforme a acuerdo y escala firmados.
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Días: La capacitación se dictará los días miércoles en el horario de 19:00 a 21:00 horas.
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Duración: 08:00 horas (Distribuido en 4 reuniones - 2 horas cada reunión).
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Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones. Nivel: Principiante.
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Mi primera liquidación de sueldos (Inicial)
Objetivo del curso:
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El objetivo de la presente capacitación Mi primera liquidación de sueldos (Inicial) es brindar al asistente el proceso completo de liquidación de sueldos y cargas sociales establecidas por la legislación vigente.
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Destinatarios:
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Dirigido a los profesionales en ciencias económicas y/o licenciados en recursos humanos que necesiten aprenden a liquidar sueldos y cargas sociales establecido por la legislación vigente.
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Días: La capacitación se dictará los días jueves en el horario de 19:00 a 21:00 horas.
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Duración: 06:00 Horas (Distribuido en 3 reuniones - 02:00 horas cada reunión).
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Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones. Nivel: Intermedio.
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Retención de Ganancias (Cuarta Categoría)
Objetivo del curso:
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El objetivo de la presente capacitación TALLER PRÁCTICO (TP) Retención de Ganancias (Cuarta Categoría) es brindar al asistente un marco técnico y práctico para el cálculo de la retención de ganancias de los trabajadores en relación de dependencia.
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Destinatarios:
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Dirigido a los profesionales en ciencias económicas, empleadores, emprendedores y al personal de recursos humanos.
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Coronel Brandsen 537 (1704) Ramos Mejía, Buenos Aires, Argentina
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