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Convenios Colectivos de Trabajo

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CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 15-04-2026
El acuerdo establece incrementos salariales para las categorías laborales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 526/08, aplicables desde marzo y abril de 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 15-04-2026
El acuerdo celebrado entre la UOETSYLRA y FEDELARA establece nuevas remuneraciones para todas las categorías laborales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 526/08, Rama Lavaderos.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 13-04-2026
El acuerdo establece nuevos salarios básicos conformados con vigencia al 31 de marzo de 2026 y al 1 de abril de 2026, los cuales incidirán sobre los adicionales convencionales.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 13-04-2026
El acuerdo establece un incremento del 6% sobre los salarios básicos convencionales vigentes al 31 de marzo de 2026, aplicable a partir del 1 de abril de 2026. Este aumento también se extiende al adicional por antigüedad.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 09-04-2026
El acuerdo establece un incremento remunerativo de los salarios básicos para los meses de marzo, abril y mayo de 2026, cuyos valores específicos se detallan en los anexos correspondientes.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 09-04-2026
El acuerdo establece un incremento salarial remunerativo para los meses de marzo, abril y mayo de 2026, aplicable a los salarios básicos de cada categoría profesional.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 09-04-2026
El acuerdo establece un incremento salarial como cierre de la paritaria 2025/2026 y primer tramo bimestral de la paritaria anual 2026/2027. Se aplicará un aumento del 2% en marzo de 2026, un 1,9% en abril de 2026 y un 1,8% en mayo de 2026, todos acumulativos y sobre los salarios básicos vigentes.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 08-04-2026
El acuerdo establece un incremento salarial en cinco etapas para el período de febrero a junio de 2026. Las primeras tres etapas consisten en aumentos no remunerativos del 5%, 7.5% y 10.5% sobre el salario básico al 31 de enero de 2026, aplicables en febrero, marzo y abril respectivamente. Las dos etapas finales incluyen incrementos en el salario básico del 4% y 4.5% para mayo y junio, además de sumas no remunerativas del 7.5% y 5.5% sobre los nuevos básicos.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 08-04-2026
El acuerdo colectivo celebrado entre el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) establece un incremento salarial en cinco etapas para las categorías del CCT 501/07.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 07-04-2026
El acuerdo establece un incremento salarial como cierre de la paritaria 2025/2026 y primer tramo bimestral de la paritaria anual 2026/2027. Se aplicará un aumento del 2% en marzo de 2026 sobre los salarios básicos vigentes al 28 de febrero de 2026, un 1,9% en abril de 2026 sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2026, incluyendo la absorción de una fracción de la suma no remunerativa de marzo, y un 1,8% en mayo de 2026 sobre los salarios básicos vigentes al 30 de abril de 2026. Los incrementos son acumulativos.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 30-03-2026
El acuerdo establece un incremento salarial para el personal comprendido en el CCT 434/06, vigente del 1 de enero al 30 de abril de 2026. Se pacta una suma fija de $100,000 de carácter no remunerativo, a abonarse en marzo de 2026, que solo devengará contribución a la obra social. Además, se acuerda un incremento remunerativo para abril de 2026, detallado en el Anexo I. Los incrementos absorberán pagos a cuenta de paritarias desde enero de 2026. Las partes se comprometen a reunirse en abril de 2026 para evaluar variables económicas. Se solicita homologación del acuerdo.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 30-03-2026
El acuerdo establece incrementos salariales acumulativos para los trabajadores comprendidos en el CCT N° 56/75, aplicables desde el 1° de marzo hasta el 30 de junio de 2026. Los incrementos se calculan sobre las retribuciones básicas vigentes al cierre del mes anterior, con valores específicos detallados en los anexos correspondientes. Además, se fija un presentismo mensual y quincenal para cada periodo, con una suma adicional de $20.000 por mes. Los importes impactan en el cálculo de adicionales como el presentismo. En junio, se revisará el acuerdo en función del índice de inflación oficial. Se establecen reglas de absorción para importes abonados previamente. Finalmente, se ratifican los porcentajes por zona desfavorable y se acuerda mantener la paz social.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 27-03-2026
El acuerdo establece un incremento salarial escalonado del 5% sobre las remuneraciones básicas del CCT 130/75, aplicable entre abril y junio de 2026. Este incremento es de carácter remunerativo y se distribuye en un 2% en abril, 1.5% en mayo y 1.5% en junio, calculado sobre los básicos de marzo de 2026. Además, se acuerda una suma fija no remunerativa de $20.000 para los mismos meses, incorporándose al básico en julio de 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 25-03-2026
El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de febrero, marzo y abril de 2026, distribuidos en tres tramos. Los incrementos son de carácter remunerativo y se aplican a diversas categorías laborales. Además, se pacta una suma no remunerativa mensual de $80.000 para febrero, $85.000 para marzo y $90.000 desde abril de 2026. Asimismo, se acuerda una asignación no remunerativa de pago único de $65.950 para el Día de la Sanidad en septiembre de 2026. Las empresas podrán absorber aumentos salariales otorgados unilateralmente durante 2026. Finalmente, se establece una cláusula de revisión para mayo de 2026 y se permite la negociación de pagos en caso de dificultades económicas de las empresas.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 25-03-2026
El acuerdo establece incrementos salariales en tres tramos para los meses de febrero, marzo y abril de 2026, con una nueva escala de salarios básicos. Los incrementos son remunerativos y se aplican a todas las categorías. Además, se acuerda una suma no remunerativa mensual para los mismos meses, comenzando con $80.000 en febrero y aumentando a $90.000 en abril. Se incluye una asignación no remunerativa de pago único para el Día de la Sanidad en septiembre de 2026. Se contempla una contribución extraordinaria destinada a FATSA, pagadera en cuotas mensuales. El acuerdo prevé una revisión de las escalas salariales en mayo de 2026 y establece mecanismos de absorción para aumentos otorgados unilateralmente. Finalmente, se estipula un aporte solidario del 1% de la remuneración integral mensual durante la vigencia del acuerdo.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 19-03-2026
El acuerdo establece incrementos salariales en tres tramos para los meses de febrero, marzo y abril de 2026, aplicables a diversas categorías profesionales. Los incrementos son de carácter remunerativo y se detallan en una nueva escala de salarios básicos. Además, se acuerda una suma no remunerativa mensual de $80.000 para febrero, $85.000 para marzo y $90.000 desde abril de 2026. Asimismo, se otorga una asignación no remunerativa de pago único de $63.369.91 en septiembre de 2026 por el Día de la Sanidad. El adicional de cajero se ajusta a $81.077.33 desde febrero, $82.455.65 desde marzo y $83.774.94 desde abril de 2026. Las empresas continuarán pagando una contribución extraordinaria a FATSA, revisable a partir de mayo de 2026. Se establece una cuota de solidaridad del 1% de la remuneración mensual. Finalmente, se acuerda una cláusula de absorción para los aumentos salariales otorgados unilateralmente durante 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 19-03-2026
El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de febrero, marzo y abril de 2026, distribuidos en tres tramos. Los incrementos son remunerativos y se aplican a diversas categorías profesionales. Además, se acuerda una suma no remunerativa mensual de $80.000 para febrero, $85.000 para marzo y $90.000 desde abril de 2026. Asimismo, se otorga una asignación no remunerativa de pago único de $63.369.91 para el Día de la Sanidad en septiembre de 2026. Las empresas deberán garantizar el cobro íntegro de la asignación por maternidad, pudiendo optar por gratificaciones extraordinarias. Se establece una contribución extraordinaria a favor de FATSA, con cuotas mensuales revisables a partir de mayo de 2026. Finalmente, se prevé una cláusula de revisión en mayo de 2026 y la posibilidad de absorción de aumentos salariales unilaterales otorgados durante el año.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 19-03-2026
El acuerdo establece un incremento salarial en tres tramos para los meses de febrero, marzo y abril de 2026, aplicable a los salarios básicos de diversas categorías profesionales y técnicas. Los incrementos son remunerativos y se detallan por categoría. Además, se acuerda una suma no remunerativa mensual de $80.000 para febrero, $85.000 para marzo y $90.000 para abril. Se incluye una asignación no remunerativa de pago único de $63.369.91 para el Día de la Sanidad en septiembre. Las empresas deberán ajustar importes de intangibilidad salarial en proporción a los incrementos básicos. Se establece una contribución extraordinaria a favor de FATSA, con montos específicos para cada mes y un aporte solidario del 1% de la remuneración mensual. El acuerdo contempla una cláusula de revisión en mayo de 2026 y permite la absorción de aumentos salariales otorgados unilateralmente durante el año 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 18-03-2026
El acuerdo establece un incremento salarial para los trabajadores comprendidos en el CCT 40/89, otorgando una suma no remunerativa de $53.000 a abonarse en marzo de 2026, de la cual $49.471 se incorporarán a los salarios básicos a partir de abril de 2026. Además, se otorga un incremento salarial desde el 1° de marzo hasta el 31 de agosto de 2026, conforme a las escalas adjuntas. Se unifica el adicional de especialidad en un 20% para ciertas ramas, con incrementos en marzo y junio de 2026. Se crea un Premio por Presentismo y Puntualidad de $60.000, con carácter remunerativo, aplicable desde abril de 2026. El acuerdo incluye cláusulas de revisión y absorción de incrementos estatales, así como una contribución extraordinaria a las obras sociales de $25.000 por trabajador desde marzo de 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 18-03-2026
El acuerdo establece un incremento salarial acumulativo sobre la base del salario de enero de 2026, distribuyéndose de la siguiente manera: un 3% a partir del 1 de febrero, un 3% desde el 1 de marzo, y un 3.5% a partir del 1 de abril de 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 26-01-2026
El acuerdo establece un nuevo esquema de recomposición salarial aplicable al personal comprendido en el CCT 27/88 incluyendo:
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 26-01-2026
El acuerdo establece un nuevo esquema de recomposición salarial aplicable al personal comprendido en el CCT 776/19 incluyendo un incremento salarial a partir del 01/01/2026 y con nuevos valores aplicables hasta marzo 2026.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 08-01-2026
Acuerdo No Homologado 301225-130/75
Las organizaciones sindicales y empresarias de la rama cerealera acordaron nuevas sumas fijas no remunerativas en concepto de incremento y recomposición salarial para el primer cuatrimestre de 2026, estableciendo su posterior incorporación al salario básico, criterios diferenciados por sector empresarial y reglas específicas de liquidación, absorción y revisión.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 08-01-2026
Acuerdo No Homologado 221225-547/08
Las partes signatarias del CCT 547/08 acuerdan la prórroga y el otorgamiento de sumas fijas no remunerativas con carácter de incremento y recomposición salarial para el período enero a abril de 2026, estableciendo su posterior incorporación al salario básico, junto con reglas de liquidación, absorción y compromiso de revisión en función de la evolución económica.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 06-01-2026
Acuerdo No Homologado 091225-521/07
Las entidades representativas del sector de estaciones de servicio y actividades afines, junto con las organizaciones sindicales firmantes del CCT 521/07, acordaron una serie de incrementos salariales escalonados, una gratificación extraordinaria no remunerativa y su posterior incorporación al salario básico, con aplicación sobre el personal comprendido en el convenio colectivo.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 06-01-2026
Acuerdo No Homologado 211125-335/75
Las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo 335/75, representadas por la USIMRA y la FAIMA, acordaron una recomposición salarial y aumentos adicionales sobre los salarios básicos horarios del sector maderero, estableciendo incrementos de carácter no remunerativo con posterior incorporación al básico, aplicables a diversas ramas de la actividad en todo el territorio nacional.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 31-12-2025
Acuerdo No Homologado 151225-40/89
En el marco de la cláusula de revisión prevista en la paritaria de septiembre de 2025, el acuerdo establece el otorgamiento de una suma no remunerativa de $35.000, a abonarse por única vez con los haberes de diciembre de 2025 a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 40/89.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 26-12-2025
Acuerdo No Homologado 151225-781/20
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y la Cámara Argentina de Centros de Contacto (CACC) celebraron un nuevo acuerdo colectivo aplicable al personal comprendido en el CCT 781/20, con vigencia desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. En ese marco, el acuerdo establece dejar sin efecto la incorporación al salario básico de la suma fija no remunerativa de $40.000 prevista para enero de 2026, manteniéndose dicho importe en carácter no remunerativo hasta marzo de 2026, extinguiéndose con cada pago mensual, salvo el correspondiente a marzo de 2026, que se incorpora al básico en abril de 2026 en su valor nominal.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 22-12-2025
Acuerdo No Homologado 151225-317/99
El Sindicato de Estaciones de Servicio, GNC, Garages, Playas y Lavaderos (SOESGYPE) y la Asociación de Estaciones de Servicio de la República Argentina (AES) suscribieron un acuerdo salarial correspondiente a la paritaria abril 2025–marzo 2026, aplicable al personal comprendido en el CCT 317/99.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 22-12-2025
Acuerdo No Homologado 091225-371/03
La Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA), junto al Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y G.N.C., Garages, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos (SOESGYPE) y la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garages, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, firmaron un acuerdo salarial aplicable al personal comprendido en el CCT 371/03.
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