|
|
|
|
|
|
Novedades Profesionales
Edición del viernes 01 de agosto de 2025, Año 6, N° 1234
|
Legislación y Avisos Oficiales. Primera sección correspondiente a la edición Número 35.719 del viernes 1 de agosto de 2025.
|
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
Modificación del régimen especial para regularizar ganancias por uso incorrecto de quebrantos y refinanciación de planes vigentes
|
|
Se introducen importantes modificaciones al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General 5684, destinado a regularizar saldos del impuesto a las ganancias en los que se hayan computado quebrantos de forma incorrecta o con ajuste por inflación.
|
|
Al respecto, señalamos que se incorpora la posibilidad de incluir en el plan las multas asociadas, se reduce el pago a cuenta al 2%, se amplía el plazo de adhesión hasta el 31 de octubre de 2025 y se incrementa a 120 la cantidad máxima de cuotas para ciertos casos.
|
|
Además, se habilita la refinanciación de planes ya presentados, manteniendo condiciones originales, pero ajustando la tasa de financiación y cuotas faltantes. Esta opción podrá ejercerse entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de 2025 a través del sistema “Mis Facilidades”.
|
Las nuevas condiciones también extienden el alcance del régimen a quienes hayan manifestado su voluntad de aplicar ajuste por inflación hasta el 4 de agosto de 2025. La norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
|
RESOLUCIÓN GENERAL N° 5741/2025
|
Prórroga de vencimientos de las obligaciones fiscales con vencimiento el 30 de julio de 2025 por fallas en el sitio web de ARCA.
|
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispone que las obligaciones fiscales con vencimiento el 30 de julio de 2025 se considerarán cumplidas en término si son presentadas o abonadas hasta el 1 de agosto de 2025 inclusive. La medida responde a las dificultades técnicas registradas ese día que impidieron el acceso a los sistemas con clave fiscal.
|
RESOLUCIÓN GENERAL N° 5742/2025
|
Modificación del régimen especial para regularizar ganancias por uso incorrecto de quebrantos y refinanciación de planes vigentes.
|
Se introducen importantes modificaciones al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General 5684, destinado a regularizar saldos del impuesto a las ganancias en los que se hayan computado quebrantos de forma incorrecta o con ajuste por inflación.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
|
Aprobación de alícuotas promedio por actividad para determinar deuda por cuota omitida al Fondo de Garantía de la Ley de Riesgos del Trabajo.
|
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprueba las alícuotas promedio correspondientes al año calendario 2024 para cada una de las actividades incluidas en el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
|
Gratuidad del transporte subterráneo para jubilados y pensionados con domicilio en CABA.
|
Se establece la gratuidad total del servicio de subterráneos, sin restricciones horarias, para jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que tengan domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuyos ingresos mensuales no superen dos y medio haberes mínimos jubilatorios establecidos por ANSES. La normativa deberá ser reglamentada dentro de los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
|
Se unifica en 3% la alícuota de percepción de Ingresos Brutos para servicios digitales y se deja sin efecto la tasa del 10%.
|
La Dirección General de Rentas de San Juan modifica la Resolución 755/2025 y elimina la alícuota específica del 10% sobre actividades de juego establecida originalmente en su artículo 5°, estableciendo una única alícuota general del 3% aplicable a todos los servicios digitales alcanzados por el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
|
RESOLUCIÓN GENERAL N° 99/2025
|
Régimen excepcional para regularizar deudas del Impuesto de Sellos con remisión de intereses y multas.
|
La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) establece un Régimen Excepcional de Regularización de Deudas para contribuyentes y responsables del Impuesto de Sellos, permitiendo acceder a importantes beneficios por cancelación al contado.
|
RESOLUCIÓN GENERAL N° 100/2025
|
Pautas para la conversión de las recaudaciones efectuadas en moneda extranjera bajo el régimen SIRTAC.
|
La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) incorpora a la Resolución General 092/2020 una disposición que establece el criterio de conversión de las recaudaciones efectuadas en moneda extranjera bajo el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
|
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
|
Se reduce a 0% la alícuota de Ingresos Brutos y del impuesto para la Salud Pública para fabricantes de pinturas y revestimientos.
|
El Gobierno de Tucumán establece, hasta el 31 de diciembre de 2025, una alícuota del 0% en los impuestos sobre los Ingresos Brutos y Para la Salud Pública para la actividad de fabricación de pinturas, barnices, tintas de imprenta, masillas y productos similares.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
| ACUERDOS Y ESCALAS SALARIALES |
PASTELEROS. PIZZERIAS Y CASAS DE EMPANADAS. CCT 24/88. ESCALA SALARIAL A PARTIR DEL 1/7/2025, 1/8/2025, 1/9/2025, 1/10/2025 y 1/11/2025.
|
|
En el marco del CCT 24/88, el sindicato del sector suscribió un acuerdo salarial con la Asociación de Propietarios de Pizzerías, Casas de Empanadas y Actividades Afines, que establece asignaciones no remunerativas mensuales y un aumento en los básicos de convenio. Las mejoras se aplican de forma escalonada, tomando como base los salarios de julio 2025:
|
|
- julio: suma no remunerativa del 1,5%
|
|
- agosto: suma no remunerativa del 3%
|
|
- septiembre: suma no remunerativa del 4,5%
|
|
- octubre: suma no remunerativa del 6%
|
|
- noviembre: aumento del salario básico del 6%
|
Asimismo, se aclara que las asignaciones no remunerativas estarán sujetas a aportes y contribuciones de obra social, mutual y sindicato, y serán computables para conceptos como vacaciones, aguinaldo, horas extras y adicionales.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
PASTELEROS. FABRICAS DE PIZZAS, PRE PIZZAS, TAPAS DE EMPANADAS, DISCOS Y CHURROS. CCT 24/88. ESCALA SALARIAL A PARTIR DEL 1/7/2025, 1/8/2025, 1/9/2025, 1/10/2025 y 1/11/2025.
|
|
En el marco del CCT 24/88, el sindicato de la actividad suscribió un acuerdo salarial con la Asociación de Propietarios de Pizzerías, Casas de Empanadas y Actividades Afines, aplicable a fábricas de discos de empanadas, pizzas, pre-pizzas y churros. El acuerdo establece las siguientes mejoras, calculadas sobre los salarios básicos de julio de 2025:
|
|
- julio: asignación no remunerativa del 1,5%
|
|
- agosto: asignación no remunerativa del 3%
|
|
- septiembre: asignación no remunerativa del 4,5%
|
|
- octubre: asignación no remunerativa del 6%
|
|
- noviembre: aumento del salario básico del 6%
|
Asimismo, se aclara que las asignaciones no remunerativas deberán abonar aportes y contribuciones de obra social, mutual y sindicato. Además, se computarán para el cálculo de vacaciones, aguinaldo, horas extras, premios y adicionales convencionales como la antigüedad.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
PANADEROS. PANADEROS E INGLESEROS. CAPITAL FEDERAL. CCT 269/95. INCREMENTO SALARIAL Y SUMA NO REMUNERATIVA A PARTIR DEL 1/7/2025.
|
|
La Unión del Personal de Panaderías y Afines (UPPA), la Cámara de Industriales Panaderos de la Ciudad de Buenos Aires (CIPCBA) y la Asociación de Panaderos de la Capital Federal (APACA) firmaron un nuevo acuerdo salarial en el marco del convenio vigente para el personal panadero de CABA.
|
El acuerdo establece un incremento salarial remunerativo del 1,6% aplicable a partir del 1 de julio de 2025, calculado sobre los salarios básicos de junio y una suma no remunerativa por única vez según rama y categoría.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
MI PRIMERA LIQUIDACIÓN DE SUELDOS (INICIAL) - (14° Edición)
|
|
📅 Fecha de Inicio: Martes 5/8
|
|
📆 Fecha de Finalización: Martes 26/08
|
⌚ Duración: 08:00 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará los días martes en el horario de 19:00 a 21:00 horas
|
📌 Nivel: Principiante. 📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
|
🔎 Consultar el temario: AQUÍ
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
MI PRIMER BALANCE COMERCIAL - (16° Edición)
|
|
📅 Fecha de Inicio: SÁBADO 2/8
|
|
📆 Fecha de Finalización: SÁBADO 13/9
|
⌚ Duración: 12 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará los días sábados en el horario de 10:00 a 12:00 horas
|
📌 Nivel: Principiante. 📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
|
🔎 Consultar el temario: AQUÍ
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
ARCA: nuevo plazo para obligaciones impositivas que vencían el 30 de julio
|
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que las obligaciones con fecha de vencimiento al 30 de julio se podrán presentar hasta el 1° de agosto, inclusive. La medida se oficializó mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General (ARCA) 5741/2025.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
BCRA ajusta el régimen de efectivo mínimo desde agosto 2025
|
|
Mediante la Comunicación “A” 8289, el Banco Central dispuso modificaciones al régimen de efectivo mínimo a partir del 1° de agosto de 2025. Se incrementa en 10 puntos porcentuales la exigencia para depósitos en pesos a la vista e inversiones con cancelación anticipada que integran el haber de fondos money market, pases pasivos y cauciones bursátiles pasivas, según lo previsto en las Com. “A” 8281 y 8286.
|
En paralelo, se reduce en 4 puntos porcentuales la proporción del encaje en pesos que puede integrarse con títulos públicos, conforme al punto 1.3.17.1 del texto ordenado de efectivo mínimo. La medida busca fortalecer el control monetario y limitar instrumentos de liquidez con riesgo sistémico.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
El BCRA reglamenta las cuentas para el Fondo de Cese Laboral según la Ley 20.744
|
Mediante la Comunicación “A” 8288, el Banco Central estableció las condiciones para la apertura y funcionamiento de las cuentas especiales destinadas al Fondo de Cese Laboral previsto por la Ley 20.744, conforme al artículo 96 de la Ley 27.742 y el Decreto 847/24. La medida regirá desde el 1° de agosto de 2025.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
PARTICIPACIONES SOCIETARIAS Y RENTAS PASIVAS: comienzan los vencimientos
|
|
Las sociedades y entes alcanzados deberán presentar el régimen de información de participaciones societarias y rentas pasivas correspondiente al 31/12/2024 entre el 28 y 30 de julio de 2025, según la terminación de CUIT:
|
|
- 28/07/2025: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
|
|
- 29/07/2025: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
|
|
- 1/8/2025: CUIT terminados en 7, 8 y 9 (prorrogado según comunicado oficial de ARCA).
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
Impuesto - Régimen: Sujetos. Obligación | Terminación de CUIT
|
🤝 Participaciones societarias - Régimen de información: Sujetos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 53, las asociaciones civiles y fundaciones no comprendidas en el punto 3. del inciso a) del artículo 73, ambos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y los fondos comunes de inversión comprendidos en el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 24.083, con excepción de aquellos enunciados en el Anexo I. Presentación de la declaración jurada con la información al 31 de diciembre del año 2024 | 7-8-9 📜 Fideicomisos del país y del exterior - Régimen de información: Fiduciarios respecto de los fideicomisos constituidos en el país, y sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios, fiduciantes y/o beneficiarios de fideicomisos constituidos en el exterior. Presentación de la declaración jurada con la información al 31 de diciembre del año 2024 | 7-8-9
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
📅 ¿Todavía no usás nuestro calendario de vencimientos personalizado? Ingresá en mi.blogdelcontador.com.ar, creá tu usuario y contraseña, y una vez que habilitemos tu acceso, podrás cargar tus clientes con sus respectivos impuestos para generar un cronograma de vencimientos adaptado a tu actividad. Además, todos los lunes te enviamos por mail un resumen con los vencimientos agrupados por cliente.
|
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|
👉 Ver más vencimientos nacionales y de todas las jurisdicciones del país en nuestra agenda desde donde podés consultar fechas de vencimiento de forma simple, rápida y visual 🔎
|
✅ Filtrá por jurisdicción y rango de fechas ✅ Resultados agrupados por jurisdicción e impuesto ✅ Visualización clara con CUITs agrupados por fecha ✅ Exportá fácilmente a PDF 🧾
|
|
|
|
|
|
|
|
|