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Novedades Profesionales
Edición del miércoles 03 de septiembre de 2025, Año 6, N° 1255
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Legislación y Avisos Oficiales. Primera sección correspondiente a la edición Número 35.741 del miércoles 3 de septiembre de 2025.
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Marina Mercante: restablecen la plena vigencia del marco normativo previo tras el rechazo del DNU 340/2025.
SUMARIO
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Se dispone la restitución inmediata de todas las normas derogadas, sustituidas o modificadas por el DNU 340/2025, a fin de evitar un vacío regulatorio en la Marina Mercante Nacional luego del rechazo parlamentario del citado decreto y de otorgar certeza jurídica al sector.
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Restitución del marco jurídico previo a los decretos de reorganización de organismos estatales rechazados por el Congreso.
SUMARIO
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Se restituye la plena vigencia de todas las normas derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25, así como por los decretos posteriores dictados en consecuencia (531/25, 571/25, 583/25, 584/25 y 585/25), que habían dispuesto la fusión, disolución o transformación de diversos organismos de la Administración Pública Nacional.
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COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 1082/2025
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Autorización automática de oferta pública para la constitución de Fondos Comunes de Inversión Abiertos.
SUMARIO
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La Comisión Nacional de Valores establece un procedimiento de autorización automática para la constitución de Fondos Comunes de Inversión Abiertos cuando su denominación, objetivos y política de inversión, o régimen especial, sean idénticos a otros ya aprobados por el organismo y constituidos por la misma sociedad gerente.
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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
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RESOLUCIÓN SINTETIZADA N° 471/2025
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Reglamento General de la Actividad Aseguradora: actualización del régimen de grandes riesgos y condiciones uniformes.
SUMARIO
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La Superintendencia de Seguros de la Nación modifica el Reglamento General de la Actividad Aseguradora para redefinir la categoría de grandes riesgos, estableciendo que serán aquellos con sumas aseguradas superiores a 3,5 millones de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), siempre que no correspondan a planes sujetos a las modalidades de autorización previstas en otros puntos del reglamento y que no incluyan seguros de personas.
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DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL - MINISTERIO DE JUSTICIA
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Procedimiento para la registración de hipotecas divisibles sobre inmuebles afectados a proyectos inmobiliarios en el marco del DNU 1017/2024.
SUMARIO
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El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal establece el procedimiento para la registración de hipotecas divisibles sobre inmuebles afectados a proyectos inmobiliarios en el marco del DNU 1017/2024 y su reglamentación.
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ADMINISTRADORA TRIBUTARIA ENTRE RÍOS
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Nuevas pautas para ajuste de índices, cesión de créditos tributarios, criterios de alícuotas y beneficios sectoriales.
SUMARIO
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Se reglamenta la Ley 11.193 con precisiones operativas para su aplicación en el Código Fiscal y la Ley Impositiva provincial, fijando el período de cómputo de los índices de ajuste para Inmobiliario y Automotores desde el 1° de abril hasta el último día del mes previo al que antecede el vencimiento, e instaurando un procedimiento de cesión de créditos tributarios sujeto a convalidación previa de ATER, con requisitos de situación fiscal regular, documentación formal y límites de uso en cabeza del cesionario.
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 17/2025
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Reducción de alícuota y creación de padrón industrial para contribuyentes de Convenio Multilateral.
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Se dispone que, entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025, los contribuyentes de Convenio Multilateral cuya actividad principal sea industrial podrán aplicar una alícuota reducida del 1,50 % en el régimen de pago a cuenta de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que cumplan determinadas condiciones vinculadas a la inscripción en el padrón de proveedores de industria, la radicación de operaciones con contribuyentes industriales de Misiones y el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
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MINISTERIO DE HACIENDA, FINANZAS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
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Ratificación de la Resolución General (DGR) 17/25 que crea el padrón industrial y beneficios fiscales.
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El Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos de Misiones ratifica la Resolución General 15/25 de la Dirección General de Rentas, que modificó el artículo 2° de la Resolución General 02/2018 para simplificar los requisitos generales y especiales en las solicitudes de contribuyentes y responsables vinculadas a exclusiones de regímenes de retención, percepción, pagos a cuenta y anticipos, reducción de alícuotas, devoluciones, compensaciones y transferencias de saldos a favor.
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DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
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RESOLUCIÓN GENERAL N° 50/2025
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Exclusión temporal de retenciones y percepciones para prestadores de servicios terapéuticos a personas con discapacidad.
SUMARIO
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Se dispone la exclusión, del 1° al 30 de septiembre de 2025, de determinados contribuyentes comprendidos en la alícuota diferencial del 0% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para prestaciones de servicios terapéuticos —incluido el transporte automotor— a personas con discapacidad, a fin de evitar la generación de saldos a favor durante la vigencia del beneficio fiscal establecido por el Decreto N° 2495/3 (MEyP)-2025.
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| ACUERDOS Y ESCALAS SALARIALES |
COMERCIO. EMPLEADOS RAMA CEREALES. CCT 130/75. INCREMENTO SALARIAL Y SUMA FIJA NO REMUNERATIVA A PARTIR DEL 1/8/2025, 1/9/2025, 1/10/2025, 1/11/2025, 1/12/2025 y 1/1/2026.
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La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO), la Federación de Acopiadores y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC) suscribieron un nuevo acuerdo salarial para el personal encuadrado en la rama cerealera del CCT 130/75, con vigencia desde el 1° de agosto de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
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El acuerdo establece un incremento remunerativo total del 6% no acumulativo, distribuido en: 1% en agosto 2025, 1% en septiembre 2025, 1% en octubre 2025, 1% en noviembre 2025, 1% en diciembre 2025, 1% en enero 2026.
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La base de cálculo serán las escalas de junio 2025.
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Asimismo, se pacta el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 mensuales, desde agosto 2025 hasta enero 2026 inclusive, que será alcanzada por aportes a obra social, cuota sindical, contribuciones de la Ley 24.557 y computable para vacaciones, aguinaldo, horas extras, adicionales, indemnizaciones y licencias. La incorporación definitiva de esta suma al básico se posterga a febrero 2026.
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TRABAJADORES DE CASAS PARTICULARES - (4° Edición)
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📅 Fecha de Inicio: LUNES 8/9
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📆 Fecha de Finalización: LUNES 8/9
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⌚ Duración: 2 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará los días LUNES en el horario de 19:00 A 21:00 horas
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📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
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🔎 temario E INSCRIPCIÓN: AQUÍ
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS (EMPRESA UNIPERSONAL) - 22° Edición
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📅 Fecha de Inicio: MARTES 9/9
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📆 Fecha de Finalización: MARTES 23/9
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⌚ Duración: 6 horas. 📋 Días: La capacitación se dictará en el horario de 19:00 a 21:00 horas
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📍 Sede: En vivo (Zoom) o acceso a las grabaciones
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🔎 temario E INSCRIPCIÓN: AQUÍ
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Consultas destacadas publicadas el 2/9/2025:
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Consulta 73690/2025: Obligación de inscripción en el Impuesto a las Ganancias para socios y directores de sociedades sin percepción de honorarios ni dividendos.
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Consulta 73688/2025: Adhesión al Monotributo por locación de inmuebles para socios gerentes de SRL inscriptos en autónomos y ganancias.
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Consulta 73686/2025: Empleadas de casas particulares: pago de la asignación por embarazo y maternidad en jornadas menores a 12 horas semanales.
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Consulta 73682/2025: Facturas “E” a Tierra del Fuego: tratamiento en Ingresos Brutos y aplicación de retenciones.
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Dictamen DNI: error excusable en el cómputo de quebrantos RG (ARCA) 5684/25
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La Dirección Nacional de Impuestos analizó el alcance de la RG (ARCA) N° 5684/25 y sus modificatorias, que creó un plan de facilidades de pago para regularizar diferencias en el Impuesto a las Ganancias originadas en el cómputo incorrecto o la actualización indebida de quebrantos. Según el dictamen, la adhesión a este régimen implica reconocer un “error” derivado de la complejidad normativa, lo que excluye la aplicación de sanciones por omisión culposa (art. 45 de la Ley 11.683) y descarta la figura de defraudación (art. 46)
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Impuesto - Régimen: Sujetos. Obligación | Terminación de CUIT
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No se encontraron resultados.
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