La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso una reforma integral del régimen de valores negociables de emisión individual, a través de la Resolución General 1090/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La medida actualiza y reorganiza el Título VI de las Normas (N.T. 2013 y mod.), incorporando un nuevo Capítulo VI que regula en forma unificada la negociación secundaria de instrumentos como cheques de pago diferido, pagarés, facturas de crédito electrónicas MiPyMEs, certificados de depósito y warrants, entre otros valores susceptibles de oferta pública.
El nuevo marco establece reglas comunes para la custodia, conservación y difusión de información, define las obligaciones de los Mercados, Agentes y ACRyP, y prevé distintos segmentos de negociación —avalado, directo no garantizado y directo garantizado—, con el propósito de reducir costos operativos y mitigar riesgos sistémicos.
Asimismo, incorpora pautas específicas para valores garantizados por warrants, la negociación de letras de cambio y pagarés (incluyendo opciones de devengamiento de intereses vinculadas a tasas o commodities), y para la plataforma de información de facturas de crédito MiPyMEs, que deberá permitir un seguimiento público de pagos y cumplimiento.
Los Mercados deberán implementar mecanismos gratuitos de difusión en línea que informen sobre los valores negociados, montos, vencimientos y situación de pago, mientras que los Agentes deberán evaluar el riesgo crediticio de los emisores y garantizar la transparencia informativa hacia los inversores.
La CNV destacó que esta modernización busca potenciar el financiamiento productivo, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, al simplificar la negociación de instrumentos individuales y facilitar su acceso a inversores institucionales y minoristas.
Tanto los Mercados como los Agentes de Custodia, Registro y Pago (ACRyP) deberán adecuar sus reglamentaciones antes del 2 de febrero de 2026, fecha en que la norma entrará en vigencia.




