El Gobierno nacional ha decidido aplicar de manera parcial los aumentos pendientes en los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, que se implementarán a partir del 1 de enero de 2026, tras la actualización acumulada hasta el tercer trimestre de 2025.
El decreto 929/2025 establece que los incrementos en los montos fijos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono se llevarán a cabo de forma gradual. Esta medida busca ajustar la carga impositiva en función de las actualizaciones acumuladas, que se han mantenido estables hasta el tercer trimestre de este año.
Para los hechos imponibles que se produzcan entre el 1 y el 31 de enero de 2026, se fijarán importes específicos de incremento por tipo de producto. Esta disposición incluye un tratamiento diferencial para el gasoil que se destina a las zonas patagónicas, reconociendo las particularidades económicas de esa región.
De esta manera, los montos de impuesto se incrementarán en los importes que se detallan en la siguiente tabla:
| Producto | Impuesto sobre los Combustibles Líquidos | Impuesto al Dióxido de Carbono | |
|---|---|---|---|
| Incremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 4° | Incremento monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d) | Incremento monto fijo actualizado del gravamen – artículo 11 | |
| Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen | $ 17,291 | – | $ 1,059 |
| Gasoil | $ 14,390 | $ 7,792 | $ 1,640 |
Además, el decreto establece que el resto de los aumentos pendientes se postergarán hasta el 1 de febrero de 2026, lo que permitirá a los consumidores y a los sectores afectados prepararse para los cambios en la carga tributaria. La medida tiene como objetivo equilibrar las finanzas públicas mientras se consideran las necesidades de los diferentes sectores económicos.




