Esta norma busca consolidar el régimen de resoluciones anticipadas, alineándose con compromisos internacionales en el marco del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC.
El Decreto (DNU) 41/2026 establece modificaciones en el Código Aduanero con el objetivo de consolidar y delimitar el régimen de resoluciones anticipadas aplicables a las operaciones de importación y exportación.
Esta medida responde a los compromisos asumidos por la República Argentina en el marco del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio, buscando optimizar los procedimientos aduaneros y facilitar el comercio exterior.
El régimen anterior contemplaba un enfoque más generalizado en la emisión de resoluciones anticipadas, sin una clara delimitación de competencias entre el servicio aduanero y la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.
Con el nuevo criterio, se establece que las resoluciones anticipadas relacionadas con la clasificación arancelaria, la valoración aduanera y otros elementos necesarios para la correcta aplicación del régimen tributario, así como las prohibiciones o restricciones, seguirán siendo emitidas por el servicio aduanero.
Esta continuidad asegura que las operaciones tanto de importación como de exportación mantengan un marco regulatorio claro y específico.
Por otro lado, el Decreto (DNU) 41/2026 transfiere la competencia sobre las resoluciones anticipadas en materia de origen a la Secretaría de Industria y Comercio. Esta Secretaría podrá dictar resoluciones directamente o delegar esta función en autoridades con rango no inferior a subsecretario.
Este cambio busca garantizar un tratamiento técnico especializado y uniforme en la determinación del origen de las mercaderías, lo que se considera fundamental para el cumplimiento de las normativas internacionales y la competitividad del comercio argentino.




