Resolución General (ARCA) 5722/2025
Garantías aduaneras: ARCA actualiza el cálculo para depósitos fiscales y reduce costos al comercio exterior.
Garantías aduaneras: ARCA actualiza el cálculo para depósitos fiscales y reduce costos al comercio exterior.
Actualización del régimen de garantías otorgadas en resguardo del cumplimiento de obligaciones fiscales. Modif. Res. Gral. (AFIP) 3885/16.
Garantías: prórroga de la vigencia de la solvencia acreditada por los operadores de comercio exterior, con vencimiento el 31 de julio del corriente año.
Prestador de Servicio de Almacenamiento de Imágenes (PSAI): nueva modalidad operativa relativa al Seguro de Caución para Garantías Aduaneras.
Aduana. Garantías. Solvencia acreditada por parte de los importadores, exportadores y los auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Vigencia. Prórroga hasta el 31/7/2022. Res. Gral. (AFIP) 3885. Su complementaria.
Aduana. Garantías. Solvencia acreditada por parte de los importadores, exportadores y los auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Vigencia. Prórroga hasta el 24 de noviembre del 2021.
Aduana. Garantías. Solvencia acreditada por parte de los importadores, exportadores y los auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Vigencia. Prórroga hasta el 31 de octubre del 2021.
MiPyMEs exportadoras. Garantías. Utilización transitoria de la Declaración jurada del exportador. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
MiPyMEs exportadoras. Garantías. Utilización transitoria de la Declaración jurada del exportador. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
Derechos de exportación. Exportadores/as inscriptos/as en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs). Garantía “Declaración jurada del exportador”. Prórroga.
Derechos de exportación. Exportadores inscriptos en el Registro MiPyME. Garantía “Declaración jurada del exportador”. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
Se establece por el plazo de sesenta (60) días corridos, que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) – Ley Nº 24.467, sus modificaciones y complementarias- y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante esta Administración Federal, podrán utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”, en los términos del apartado II del Anexo II de la Resolución General Nº 3.885 y sus modificatorias.