Resolución (SSS) 1941/2025
Agentes del seguro de salud: prórroga de 90 días para la implementación del modelo de “cuota transparente” en prepagas y obras sociales.
Agentes del seguro de salud: prórroga de 90 días para la implementación del modelo de “cuota transparente” en prepagas y obras sociales.
Planes de medicina prepaga: nuevas cláusulas mínimas contractuales y obligación de facturación transparente con imputación de aportes.
Entidades de Medicina Prepaga podrán fijar libremente los valores de las cuotas de los planes de salud.
Baja de Entidades de Medicina Prepaga y cancelación de la inscripción provisoria en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga.
Prepagas: prórroga para la implementación de la Res. (SSS) 2155/2024 que dispone nuevas obligaciones y requisitos respecto a la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas.
Entidades de Medicina Prepaga: eliminación del procedimiento de derivación de aportes y contribuciones a través de Obras Sociales sindicales.
Entidades de Medicina Prepaga: nuevas obligaciones y requisitos respecto a la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas.
Agentes del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga: desregulación de los valores de los coseguros.
Agentes del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga: modificaciones al régimen sancionatorio aplicable. Modif. Res. (SSS) 607/2022.
Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP): reducción del plazo para la presentación de los padrones de afiliados.
Régimen Nacional de Obras Sociales: incorporación de las entidades de medicina prepaga. Reglamentación del Dto. 70/2023, Tít. XI Caps. II y III.
Medicina Prepaga: modo de establecer las diversas franjas etarias y sus correspondientes aumentos de valor de cuota para los planes de cobertura.
Medicina Prepaga: cláusulas mínimas que deberán contener los contratos de planes de cobertura integral.
Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga: procedimiento sumarial aplicable a la investigación de infracciones a las Leyes N° 23660, N° 23661 y N° 26682.