Resolución General (ARCA) 5668/2025
Términos y condiciones para la adhesión al programa “Operador Económico Autorizado” (OEA) de los permisionarios de depósitos fiscales y las terminales de carga marítima. Modif. Res. Gral. (AFIP) 5107/2021.
Términos y condiciones para la adhesión al programa “Operador Económico Autorizado” (OEA) de los permisionarios de depósitos fiscales y las terminales de carga marítima. Modif. Res. Gral. (AFIP) 5107/2021.
Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA): reducción del 50% en Garantías para Operadores del Régimen de Aduanas Domiciliarias con Categoría OEA-SEGURIDAD.
Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA): aplicación de beneficios para importadores y exportadores que se encuentren categorizados como OEA-SEGURIDAD. Reglam. Res. Gral. (AFIP) 5107/2021, art. 15 ptos. 18 y 19.
Procedimiento. Comercio exterior. Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Requisitos. Plazo para su cumplimiento. Prórroga. Res. Gral. (AFIP) 5107. Su complementaria.
Procedimiento. Comercio exterior. Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Res. Gral. (AFIP) 4451. Su sustitución.
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