Disposición 106/2020 AFIP
Disposición 106/2020 AFIP Limita la aplicación de los artículos 1° y 2° de la Disposición 80/2020 AFIP, sólo a aquellos lugares que se encuentren alcanzados por el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”
Disposición 106/2020 AFIP Limita la aplicación de los artículos 1° y 2° de la Disposición 80/2020 AFIP, sólo a aquellos lugares que se encuentren alcanzados por el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”
Aislamiento social preventivo y obligatorio. Prórroga hasta el 28 de junio en AMBA y otros aglomerados urbanos. Distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a la práctica deportiva desarrollada por los atletas argentinos y por las atletas argentinas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII Juegos Olímpicos.
Se otorga a la Constancia de Registración del Trabajador Rural emitida a través del sistema de registración del RENATRE, de forma provisoria, el carácter y las funciones de la Libreta de Trabajo Rural establecidas por los artículos 1°, 2° y 3° de la Ley 25.191, durante el plazo en el que se prolongue el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Impuesto a las Ganancias. Sujetos alcanzados. Base imponible, hecho imponible, exenciones. Texto Ordenado según Dto. (PEN) 864/2019.
Beneficios Especiales a Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros ante la Pandemia de Covid-19.
Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP.
Se establece que el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N° 24.714, sus normas modificatorias y complementarias, con excepción de la Asignación por Maternidad, será equivalente al 6,12% de los rangos y montos establecidos en los Anexos mencionados en el artículo 2° de la Resolución Nº RESOL-2020-75-ANSES-ANSES, conforme lo previsto en el artículo 2° del Decreto N° 495/2020.
Se establece que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222, conforme lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 495/2020 quedan establecidas en la suma de $ 5.679,80.- y $184.591,18.- respectivamente, a partir del período devengado junio de 2020.
Apruébase el texto ordenado de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones que, como ANEXO I (IF-2019-102579214-APN-SIP#MHA), integra el presente decreto.
Se establece por el plazo de sesenta (60) días corridos, que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) – Ley Nº 24.467, sus modificaciones y complementarias- y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante esta Administración Federal, podrán utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”, en los términos del apartado II del Anexo II de la Resolución General Nº 3.885 y sus modificatorias.
Se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en el artículo 10 del Decreto N° 459/20 y en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las actividades y servicios indicadas para las Provincias de Salta, Santa Fe y La Rioja.
Se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en el artículo 10 del Decreto N° 459/20 y en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las actividades y servicios indicadas para las Provincias de Salta, Santa Fe y La Rioja.
Monotributo. Parámetros de ingresos brutos anuales. Nuevos importes vigentes a partir del 1 de julio de 2023.
Impuesto a las Ganancias. Rentas de cuarta categoría. Exención del Sueldo Anual Complementario. Dto. (PEN) 316/2023. Reglamentación. Res. Gral. (AFIP) 4003. Norma modificatoria y complementaria.
Impuesto a las Ganancias. Rentas de cuarta categoría. Exención del Sueldo Anual Complementario. Monto de la remuneración y/o del haber bruto. Actualización.
Plan Nacional de Regularización del Trabajo. Creación del Programa de Apoyo a la Registración (PAR).
Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento de Tucumán. Creación. Beneficios impositivos.
Promoción de Call Center, Contact Center, Alojamiento Web y Software, Hardware y Servicios Informáticos. Ley (Chaco) 1669-F. Modificación.
Sistema Financiero. Índices y Coeficientes. Coeficiente de estabilización de referencia (CER). Valores diarios del 16/7/2023 al 15/8/2023.
Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer: aclaraciones y precisiones en relación a la licencia oncopediátrica.
Salario Mínimo Vital y Móvil. Prestación por desempleo. Actualización de los montos vigentes desde 1/7/2023, 1/8/2023 y 1/9/2023.
Salario Mínimo Vital y Móvil. Prestación por desempleo. Actualización de los montos vigentes desde 1/7/2023, 1/8/2023 y 1/9/2023.
Programa “Créditos ANSES”. Aprobación de requisitos, excepciones y modalidad de solicitud de los préstamos del Programa.
Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento de Tucumán. Beneficios impositivos. Ley (Tucumán) 9629. Reglamentación.
Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal. Plazo para la inscripción.
Implementación del servicio “Tramitación Automática de Oficios (TAO)”.
Sistema Financiero. Índices y Coeficientes. Coeficiente de estabilización de referencia (CER). Valores diarios del 16/6/2023 al 15/7/2023.
Riesgos del Trabajo. Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP). Suma fija. Res. (MTEySS) 649/2022. Importe vigente junio/2023.