Resolución SIP (Córdoba) 55/2024
Ingresos Brutos: revisión integral y reducción del número de agentes de retención, percepción y recaudación designados.
SUMARIO
Se instruye a la Dirección General de Rentas a realizar una revisión exhaustiva de los criterios para designar a los agentes de retención, percepción y recaudación, con el fin de actualizar y reducir el listado de sujetos involucrados en un plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución.
Una vez finalizada esta revisión, la Dirección General de Rentas notificará a cada agente afectado en su Domicilio Fiscal Electrónico, informando el cese en su función y la fecha en que la misma será efectiva.
Además, se emitirá una Resolución General que incluirá el listado de agentes cuyo rol finaliza con esta medida, con la fecha de término de su actuación.
ANÁLISIS
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 30/10/2024
B.O. (Córdoba) 1/11/2024
Vigencia y Aplicación: 1/11/2024
Organismo Emisor: Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba
Cantidad de Artículos: 3
Cantidad de Anexos: –
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
VISTO: El Expediente Nº 0473-001500/2024.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2445/23, reglamentario del Código Tributario Provincial –Ley N° 6006 t.o. 2023 y su modificatoria- el Poder Ejecutivo unificó en una sola disposición los Decretos vigentes en materia tributaria a los fines de contribuir a la seguridad jurídica, a la certeza y precisión en la aplicación de normas y coadyuvar a la transparencia normativa.
Que, en ese sentido, a través del citado Decreto Reglamentario, se establece el Régimen de retención, percepción y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que unas de las principales características que posee tal Régimen, en su aplicación práctica, es la existencia de una designación nominativa de los distintos Agentes.
Que el citado Decreto, otorga a esta Secretaría diferentes facultades para nominar y/o dar de baja a los agentes de retención, percepción y/o recaudación involucrados, precisando la fecha a partir de la cual deberán comenzar a actuar como tales o cesarán en tal carácter y reglamentar diferentes aspectos sobre el funcionamiento del citado régimen.
Que a través de la Resolución N° 2023/D-00000045 y sus modificatorias, de esta Secretaría, se reglamentaron aspectos referidos al funcionamiento del régimen y se nominaron los sujetos que deben actuar como agentes de retención, percepción y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que el referido Régimen prevé un mecanismo de revisión continua, tanto de su funcionamiento, como de los sujetos alcanzados, en función de su interés fiscal, capacidad de administración y cumplimiento de los deberes formales y sustanciales para con el Fisco Provincial, siempre en virtud de los cambios que la realidad económica produce en los sectores involucrados.
Que en el marco del sistema integrado provincial de gestión y recaudación que viene implementado esta actual Administración a los fines de modernizar, integrar y simplificar la materia tributaria, se estima conveniente instruir a la Dirección General de Rentas dependiente de esta Secretaría para que proceda a realizar una revisión general y sistémica de los lineamientos, pautas y/o reglas que son utilizados para proponer la designación de Agentes, a los fines de reducir y, a la vez, mantener actualizado el universo de los mismos.
Que, la adopción de las medidas que por la presente se instrumentan implica un fortalecimiento concreto – y dar continuidad – a la política actual de esta Administración tendiente a amortiguar los impactos negativos o indeseados que los distintos regímenes de pago a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, pueden producir al contribuyente y, asimismo, en los responsables.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Unidad de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 25/2024 y de acuerdo con lo dictaminado por el Servicio Jurídico con competencia, al Nº 2024/DAL-00001023,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º INSTRUIR a la Dirección General de Rentas para que efectúe una revisión integral de las pautas, reglas y/o parámetros sistémicos que utiliza en el análisis y propuesta de designación de los distintos Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación, a los fines de que en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de la presente Resolución, se proceda a reducir el universo de sujetos nominados como tales.
Artículo 2º La Dirección General de Rentas deberá notificar al Domicilio Fiscal Electrónico del Agente de Retención, Percepción y/o Recaudación el cese en su condición de tal y la fecha a partir de cual se haga efectiva la misma. Asimismo, deberá emitir una Resolución General con el listado de los Agente de Retención, Percepción y/o Recaudación cesados por esta medida -excepcional – con indicación de la fecha de fin de actuación.
Artículo 3º De forma.-
FDO.: GERARDO ANDRÉS PINTUCCI