ARBA actualiza el procedimiento para el cálculo de alícuotas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires modifica el cálculo y asignación de alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Redacción BDC07/01/2026
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ARBA actualiza el procedimiento para el cálculo de alícuotas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 36/2025, que actualiza el procedimiento y unifica criterios para el cálculo y asignación de alícuotas aplicables a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incorporando nuevos sistemas y redefiniendo criterios de asignación. 

La nueva normativa establece que se priorizará la actividad de mayores ingresos del contribuyente, considerando factores como la condición frente al IVA y la existencia de ingresos exentos. Además, se definen criterios específicos para contribuyentes recién inscriptos y aquellos que migran desde el régimen simplificado o que operan bajo el Convenio Multilateral.

La medida extiende expresamente el procedimiento vigente a los sistemas SIRTAC y SIRCUPA, incorporándolos al esquema general de determinación de alícuotas que ya se aplicaba a los regímenes tradicionales. De este modo, las alícuotas asignadas a cada contribuyente continuarán surgiendo del análisis de la información disponible en las bases de datos del organismo, principalmente a partir de las declaraciones juradas presentadas correspondientes a los últimos cuatro anticipos vencidos.

La norma amplía y ordena los supuestos de inclusión en padrones con alícuota 0 %, alcanzando, entre otros, a determinados agentes de recaudación, cooperativas, contribuyentes con inicio reciente de actividades y sujetos comprendidos en regímenes especiales o contribuciones específicas. Asimismo, se establecen topes máximos a las alícuotas asignables y se prevé la ponderación de coeficientes de distribución cuando corresponda.

Un aspecto relevante es la derogación del régimen diferencial aplicable a la intermediación en la compraventa de ganado vacuno con destino a faena. A partir de esta modificación, dichos contribuyentes pasan a quedar sujetos al procedimiento general de cálculo y asignación de alícuotas, eliminando tratamientos específicos basados en porcentajes fijos.

La normativa entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

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