El Banco Central de la República Argentina dispuso la creación de una nueva serie estadística denominada Tasa de Intereses Moratorios, destinada a servir como referencia para el cálculo de intereses en obligaciones en pesos cuando no exista una tasa pactada entre las partes ni una norma legal específica que la determine.
La iniciativa, oficializada mediante la Resolución 1/2026, se enmarca en lo previsto por el artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación, que habilita al Banco Central a fijar tasas supletorias, y responde a la proliferación de litigios en los que se discute el mecanismo adecuado para calcular intereses moratorios. En los últimos años, la cuestión fue abordada por la Corte Suprema, que dejó sin efecto sentencias por apartarse del régimen jurídico aplicable.
La nueva tasa se calcula como el promedio entre dos componentes: por un lado, la tasa de interés de los depósitos a plazo fijo en pesos a 30 días y, por otro, el promedio de las tasas activas de préstamos otorgados mediante documentos a sola firma y préstamos personales. A partir de ese promedio, se aplica un sistema de bandas que limita su variación real.
En concreto, la tasa no podrá ubicarse por debajo de la variación del CER menos un 3% anual ni por encima del CER más un 3% anual. El uso del Coeficiente de Estabilización de Referencia, elaborado por el Banco Central en función del índice de precios al consumidor que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos, permite vincular el cálculo de los intereses con la evolución del poder adquisitivo de la moneda.
El objetivo del esquema es evitar que, en contextos de tasas reales negativas, los acreedores sufran pérdidas en términos reales, y, al mismo tiempo, impedir que períodos de tasas reales elevadas generen incrementos desproporcionados de las deudas que comprometan la capacidad de pago de los deudores y la estabilidad del sistema.
La Tasa de Intereses Moratorios será calculada y difundida diariamente, con una serie histórica que se inicia el 3 de junio de 1993. La resolución incorpora además un anexo metodológico detallado y prevé la disponibilidad de herramientas de cálculo para facilitar su utilización práctica por parte de tribunales, profesionales y operadores jurídicos.




