El Decreto 5/2026 establece nuevas normativas en los procedimientos de contratación pública en Argentina, ampliando las causales de inelegibilidad y reforzando el control sobre las ofertas presentadas.
El reciente Decreto 5/2026 del Poder Ejecutivo Nacional modifica las causales de inelegibilidad aplicables a los procedimientos de contratación pública de obras, concesiones, bienes y servicios. Esta reforma busca incorporar de manera expresa todas las prácticas sancionables que pueden llevar a la inclusión de personas físicas o jurídicas en las listas de inhabilitados de organismos financieros multilaterales.
Con esta medida, se amplían las situaciones que generan inelegibilidad, abarcando no solo el cohecho transnacional, sino también casos de corrupción, fraude, colusión, coerción, obstrucción y apropiación indebida. La inclusión en estas listas de inhabilitados será un factor determinante mientras persista la situación, lo que refuerza la transparencia en los procesos de contratación pública.
Además, el decreto establece una obligación clara para los organismos contratantes: deberán verificar las listas de inhabilitados al evaluar las ofertas recibidas. Esto implica un cambio en el enfoque de las contrataciones, promoviendo un mayor control y responsabilidad en la selección de proveedores y contratistas.
La normativa entrará en vigencia a los 15 días corridos contados desde el día hábil siguiente a su publicación oficial, lo que permitirá a los organismos adaptarse a los nuevos requisitos y garantizar una mayor integridad en los procesos de contratación pública.




