El Gobierno amplía plazos para compensar deudas entre Nación y provincias

El Gobierno extiende plazos de adhesión y documentación del régimen de compensación de deudas entre Nación y provincias, con vigencia hasta 2027.

Redacción BDC25/03/2026
decreto pen casa rosada
Inicio > Actualidad > El Gobierno amplía plazos para compensar deudas entre Nación y provincias

El Gobierno amplía plazos para compensar deudas entre Nación y provincias

Esta norma beneficia a las jurisdicciones que aún no han adherido, al ampliar plazos para la presentación de documentación y negociación de deudas. La vigencia de los nuevos plazos se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

El Gobierno nacional dispuso cambios en el régimen de compensación de deudas entre el Estado Nacional y las provincias mediante el Decreto 171/2026, que amplía los plazos de adhesión y de presentación de documentación, y redefine aspectos operativos del sistema.

La norma establece que las jurisdicciones que aún no se hayan incorporado podrán hacerlo dentro de un nuevo plazo de 60 días hábiles administrativos, con posibilidad de prórroga. Además, extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para presentar la documentación que respalde las obligaciones a incluir en el régimen.

El esquema, creado por el Decreto 969/2024, permite compensar deudas y créditos entre la Nación y las jurisdicciones subnacionales mediante acuerdos que pueden incluir mecanismos como conciliaciones, transacciones o dación en pago de bienes. Según el Ejecutivo, la herramienta ya permitió avanzar en el saneamiento parcial de las cuentas públicas, aunque aún existen obligaciones pendientes de regularización.

Entre los cambios introducidos, se establece que cada parte será responsable de validar las deudas o acreencias que proponga, reforzando el criterio de responsabilidad individual en la negociación. También se formaliza un procedimiento para resolver diferencias, mediante una instancia de negociación de hasta 180 días hábiles administrativos, bajo principios de buena fe y lealtad federal.

Por otro lado, el decreto delimita la intervención de los organismos de control. La Procuración del Tesoro de la Nación y la Sindicatura General de la Nación solo deberán intervenir cuando las obligaciones estén sometidas a litigios judiciales o arbitrales y exista reconocimiento de derechos controvertidos.

Con estas modificaciones, el Gobierno busca ampliar la participación de provincias, facilitar nuevos acuerdos y consolidar el régimen como instrumento central para la recomposición de las relaciones financieras entre la Nación y las jurisdicciones.

Scroll al inicio