La medida simplifica trámites y reduce cargas administrativas en distintos registros nacionales. Se mantiene la obligación de cumplir con normas locales, pero sin necesidad de acreditarlas ante el Estado nacional.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca dispuso, mediante la Resolución 28/2026, la eliminación del requisito de habilitación municipal o provincial en distintos registros y trámites vinculados al sector productivo, en una medida orientada a simplificar procesos administrativos y reducir cargas regulatorias.
A partir de la nueva resolución, ya no será necesario acreditar habilitaciones locales para inscribirse en el Registro de Fabricantes de Fertilizantes, para la certificación de establecimientos productores de aves libres de patógenos específicos ni para diversas gestiones dentro del Registro de la Pesca.
La norma introduce modificaciones sobre regulaciones anteriores, eliminando exigencias documentales consideradas redundantes y sustituyendo artículos y anexos que requerían la presentación de habilitaciones municipales o provinciales. En determinados casos, se establece como referencia la habilitación otorgada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El cambio se enmarca en el proceso de desregulación económica impulsado por el Decreto 70/2023, que promueve la eliminación de restricciones que afecten la libre iniciativa privada, y en el relevamiento normativo dispuesto por el Decreto 90/2025, orientado a identificar y derogar normas innecesarias o que generen sobrecostos.
Desde el organismo aclararon que la medida no implica eximir a los operadores del cumplimiento de las normativas provinciales o municipales vigentes, sino únicamente eliminar su exigencia como requisito formal en trámites ante la administración nacional.
Con esta modificación, el Gobierno busca avanzar hacia una mayor estandarización de los procedimientos, reducir la burocracia y facilitar el acceso de los operadores a los distintos registros sectoriales.




