El proyecto busca mejorar la transparencia y la comparabilidad de la información disponible para los inversores, alineándose con estándares internacionales.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) puso en marcha un proceso de consulta pública para avanzar en la implementación de una Ficha Única obligatoria para los Fondos Comunes de Inversión (FCI) abiertos. La iniciativa se canaliza a través del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas previsto en el Decreto 1172/2003 y estará abierta por un plazo de 15 días hábiles.
El proyecto, oficializado mediante la Resolución General 1106/2026, establece que cada Sociedad Gerente deberá elaborar una Ficha Única por cada fondo bajo su administración y publicarla mensualmente en su sitio web, dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes. El documento deberá contener información clara, precisa y comparable sobre aspectos centrales del fondo, incluyendo su objetivo y política de inversión, perfil del inversor, patrimonio neto, moneda, monto mínimo de suscripción, plazos de rescate, tipo de renta y horizonte de inversión.
Asimismo, se exigirá la inclusión de indicadores de riesgo, composición de cartera y principales tenencias, rendimiento histórico, calificación de riesgo y benchmark cuando corresponda, así como el detalle de honorarios, gastos, comisiones y tratamiento impositivo aplicable. En el caso de los Fondos Comunes de Dinero, deberá incorporarse un enlace directo al comparador público de FCI de la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión.
Desde el organismo señalaron que la propuesta se alinea con estándares internacionales de divulgación de información, tomando como referencia experiencias regulatorias de países de la región y la figura del Documento de Datos Fundamentales para el Inversor (KID) vigente en Europa. El objetivo es reforzar la protección del inversor y garantizar el acceso a información suficiente para una adecuada toma de decisiones.
La convocatoria no alcanza a los FCI abiertos destinados exclusivamente a Inversores Calificados conforme el artículo 7 bis de la Ley de Fondos Comunes de Inversión. Concluido el período de consulta, la CNV analizará las opiniones recibidas para definir el texto definitivo de la reglamentación.
A continuación el texto completo del proyecto de resolución general:




