La Legislatura de San Luis ha aprobado la Ley Impositiva correspondiente al ejercicio fiscal 2026, que introduce ciertos ajustes en el sistema tributario provincial, manteniendo en gran medida las alícuotas del año anterior.
La ley VIII-254/2025 establece que las alícuotas generales y especiales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se mantendrán sin cambios respecto a 2025. Sin embargo, se incrementa el importe mínimo anual general, que pasará de $77.760 a $101.088, junto con la actualización de los mínimos especiales para diversas actividades, como la gastronomía, la inmobiliaria y los servicios profesionales.
Un aspecto destacado de la norma es la ampliación del límite de facturación para acceder a alícuotas especiales, que se incrementa de $300 millones a $500 millones. Esto permitirá que un mayor número de contribuyentes se beneficie de tratamientos diferenciales, facilitando así el crecimiento de pequeños y medianos emprendimientos. Además, se introduce un régimen promocional para emprendedores, que establece una alícuota reducida del 0,50% en el impuesto.
En cuanto al Impuesto de Sellos, la nueva legislación incrementa el mínimo general por acto, que sube de $600 a $780. También se actualizan los mínimos aplicables a las transferencias de automotores y otros bienes registrables, elevando el mínimo para automóviles de $5.800 a $7.540. A pesar de estos cambios, las alícuotas proporcionales del 12‰, 7,2‰ y 5‰ se mantienen, al igual que las exenciones vigentes, aunque con valores de referencia actualizados para inmuebles y vehículos.
La Ley Impositiva 2026 también conserva los beneficios para contribuyentes cumplidores y los regímenes especiales, aunque introduce nuevos parámetros y topes que condicionan su aplicación durante el ejercicio fiscal. Las disposiciones de esta norma entrarán en vigor a partir del 1° de enero de 2026, aplicándose a todo el período fiscal.




