Santa Fe aprueba la Ley Impositiva 2026 con importantes cambios en tributos provinciales

La nueva Ley Impositiva de Santa Fe establece incrementos y modificaciones en tributos provinciales a partir de 2026.

Redacción BDC30/12/2025
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Santa Fe aprueba la Ley Impositiva 2026 con importantes cambios en tributos provinciales

La Legislatura de Santa Fe ha sancionado la Ley Impositiva 2026, que introduce importantes modificaciones en el régimen tributario provincial, afectando a impuestos como el Inmobiliario, Ingresos Brutos y Sellos, entre otros. La ley, que entrará en vigencia el 1 de enero de 2026, busca ajustar la carga tributaria y ofrecer beneficios a pequeños y medianos productores. 

El nuevo marco tributario establece un incremento del 14% en el Impuesto Inmobiliario para inmuebles rurales, urbanos y suburbanos, con ajustes adicionales en las cuotas cuatro a seis de 2026, vinculados a índices económicos. Este incremento no se aplicará a quienes opten por el pago total anual. Además, se actualizan los impuestos mínimos y se redefine el Adicional a Grandes Propietarios Rurales, elevando parámetros y alícuota.

En el ámbito del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la ley modifica exenciones, alícuotas y tratamientos diferenciales, incluyendo nuevos topes de ingresos para locaciones de inmuebles y ajustes en exenciones industriales. También se introducen créditos fiscales vinculados a varios impuestos, así como beneficios sectoriales para comercio, servicios, industria y turismo.

El Impuesto de Sellos también experimentará cambios, con la ampliación de exenciones para contratos de locación de vivienda y arrendamientos rurales. Por su parte, las Tasas Retributivas de Servicios se reestructuran, derogando disposiciones anteriores y redefiniendo montos en módulos tributarios.

La ley también establece topes máximos de incremento interanual en la Patente Única sobre Vehículos y Embarcaciones Deportivas, y prorroga el régimen de estabilidad fiscal para pymes. Se introducen mecanismos de reducción de alícuotas ante incrementos consolidados de carga tributaria, y se implementan importantes modificaciones al Código Fiscal, incluyendo cambios en domicilio fiscal electrónico, sanciones por incumplimientos formales, devoluciones, repetición de tributos y procedimientos administrativos.

En este último aspecto, se actualizan y elevan significativamente los montos a partir de los cuales se requiere intervención jerárquica superior para devolver o repetir impuestos pagados en exceso.

A partir de 2026, las devoluciones y repeticiones hasta $30.000.000 podrán resolverse en sede administrativa; las que superen $30.000.000 y no excedan $50.000.000 quedarán a cargo del Ministerio de Economía; y solo las superiores a $50.000.000 requerirán resolución del Poder Ejecutivo, con dictamen previo de Fiscalía de Estado.

El régimen anterior exigía la intervención del Poder Ejecutivo desde los $10.000.000, por lo que el cambio implica una descentralización y agilización de estos trámites, manteniéndose el derecho a la actualización monetaria del crédito fiscal y la posibilidad de control posterior por parte de la administración tributaria.

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