La Dirección General de Rentas de Santiago del Estero ha ha oficializado cambios en el régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2026. Estas modificaciones buscan actualizar los umbrales de retención y facilitar el cumplimiento tributario.
La Resolución General 43/2025 establece un nuevo monto mínimo de $80.000 a partir del cual se deberán practicar retenciones y emitir certificados de no retención. Esta medida tiene como objetivo simplificar el proceso para los contribuyentes y asegurar que las retenciones se realicen de manera más eficiente.
Además, se ha fijado un umbral anual de facturación de $13.000.000, que determinará la designación de los contribuyentes como agentes de retención. Este cambio afecta tanto a los contribuyentes del Régimen General como a los del Régimen del Convenio Multilateral del impuesto, reemplazando los valores anteriores que estaban en vigor.
Las instituciones sociales, deportivas y culturales, así como las asociaciones civiles sin fines de lucro, también estarán sujetas a estas nuevas disposiciones. De esta manera, se asegura que estas entidades sean designadas como agentes de retención cuando superen el umbral de facturación establecido.
La normativa también incluye disposiciones específicas para comisionistas, consignatarios, mandatarios y representantes, quienes deberán practicar retenciones en todas las operaciones de pago que superen los $80.000, sin considerar su actividad principal ni el monto imponible anual en el tributo.




