Resolución General (AFIP) 4862
MiPyMEs exportadoras. Garantías. Utilización transitoria de la Declaración jurada del exportador. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
MiPyMEs exportadoras. Garantías. Utilización transitoria de la Declaración jurada del exportador. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
MiPyMEs exportadoras. Garantías. Utilización transitoria de la Declaración jurada del exportador. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
Derechos de exportación. Exportadores/as inscriptos/as en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs). Garantía “Declaración jurada del exportador”. Prórroga.
Derechos de exportación. Exportadores inscriptos en el Registro MiPyME. Garantía “Declaración jurada del exportador”. Res. Gral. (AFIP) 4728. Prórroga.
Se establece por el plazo de sesenta (60) días corridos, que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) – Ley Nº 24.467, sus modificaciones y complementarias- y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante esta Administración Federal, podrán utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”, en los términos del apartado II del Anexo II de la Resolución General Nº 3.885 y sus modificatorias.