Rubro: Régimen Excepcional de Facilidades de Pago Ley 8873 Tucuman

Botón para Cambiar Columnas

Actualización: 07/21/2023

Procedimiento. Régimen excepcional de facilidades de pago. Ley (Tucuman) 8873. Plazo para su acogimiento. Prórroga hasta el 19/1/2021.

Actualización: 07/21/2023

Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de diciembre de 2020. 

Actualización: 07/21/2023

Procedimiento. Régimen excepcional de facilidades de pago. Ley (Tucuman) 8873. Plazo para su acogimiento. Prórroga hasta el 22/12/2020.

Actualización: 07/21/2023

Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de Noviembre de 2020. 

Actualización: 07/21/2023

Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de Octubre de 2020. 

Actualización: 07/21/2023

Obligaciones tributarias cuyos vencimientos operaron a partir del 1º de Junio de 2020 y hasta el 31 de Julio de 2020. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago Ley 8873. Condiciones para su adhesión. Consideranse cumplidas en término.
cargando

Acceder

Es un placer tenerte aquí. Por favor, inicia sesión para acceder a todo el contenido y disfrutar de una experiencia única. Si aún no tienes una cuenta, puedes registrarte haciendo clic en el enlace correspondiente.

¡Esperamos que disfrutes de tu visita y encuentres lo que estás buscando!

Si tienes alguna pregunta o necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de soporte.

¡Gracias por elegirnos y que tengas un día maravilloso!