El Poder Ejecutivo Nacional oficializó la actualización de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias mediante el Decreto 767/2025, publicado el 28 de octubre en el Boletín Oficial. La medida busca modernizar los parámetros aplicables al control de operaciones internacionales y avanzar en la simplificación tributaria.
Entre los principales cambios, se eleva a $500 millones el monto anual de operaciones a partir del cual los contribuyentes deberán suministrar información a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Además, las transacciones con vinculadas del exterior quedarán exceptuadas de presentar declaraciones especiales si no superan los $150 millones en conjunto o los $15 millones por operación.
El decreto también redefine los “bienes con cotización”, incorporando precios de referencia de mercados nacionales e internacionales, y establece la obligación de registrar electrónicamente los contratos de exportación dentro de los 60 días desde el embarque. ARCA podrá fijar precios o índices mínimos de mercado para evaluar la independencia de las operaciones.
En paralelo, la norma modifica el Decreto 353/2025 para extender el régimen simplificado de declaración del Impuesto a las Ganancias de personas humanas, incluyendo determinados casos de rentas de fuente extranjera cuando así lo disponga el organismo recaudador.
Según el texto oficial, la medida forma parte del proceso de modernización y simplificación de la normativa tributaria impulsado por el Gobierno, con el objetivo de reducir la carga formal, otorgar mayor previsibilidad y fortalecer las herramientas de fiscalización del Estado.
Las disposiciones entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación y regirán para los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.




