Consulta 72133/2025
Exención para parroquias en el impuesto a los débitos y créditos bancarios.
Impuesto sobre los Créditos y Débitos: exención a cuentas recaudadoras especiales utilizadas en la administración y operatoria de transferencias y pagos que constituyan propinas. Modif. Dto. (PEN) 380/2001.
Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Exenciones. Incorporación. Dto. (PEN) 380/2001. Su modificación.
Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Exenciones. Incorporación. Dto. (PEN) 380/2001. Su modificación.