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CONSULTA FRECUENTE 31-10-2025
Consulta 75765/2025
El domicilio que debe figurar en la factura es el del establecimiento o sucursal vinculada al punto de venta desde el cual se emite el comprobante. Cada punto de venta está asociado a un domicilio comercial declarado ante ARCA (ex AFIP) o la autoridad fiscal competente, y el comprobante debe reflejar esa dirección.
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