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Comunicación (BCRA) “B” 12717/2024

Comunicación (BCRA) “B” 12717/2024

Sistema Financiero. Índices y Coeficientes. Índice para Contratos de Locación – Ley 27.551 (“ICL”). Valores diarios del 17/1/2024 al 16/2/2024.


SUMARIO

  • Se publican los valores diarios del Índice para Contratos de Locación (ICL) para el período comprendido entre el 17/1/2024 al 16/2/2024.

ANÁLISIS

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 16/1/2024

B.O. 18/1/2024

Vigencia y Aplicación: 16/1/2024

Organismo Emisor: Banco Central de la República Argentina

Cantidad de Artículos: –

Cantidad de Anexos: 1

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina


A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Índice para Contratos de Locación – Ley 27.551 (“ICL”).

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles, en Anexo, los valores diarios del Índice para Contratos de Locación (ICL).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

María Cecilia Pazos, Sbge. de Administración y Difusión de Series Estadísticas – Adriana Paz, Gerenta de Estadísticas Monetarias.

 


ANEXO

RIPTE IPC Fecha a la que corresponde el índice ÍNDICE PARA CONTRATOS DE LOCACIÓN (ICL)
Base 30.06.2020=1, con dos decimales
Variación de la remuneración imponible promedio de los  trabajadores estables utilizada para el cálculo del ICL a partir de la fecha indicada Variación del índice de precios al consumidor utilizada para el cálculo del ICL a partir de la fecha indicada
6,3 12,8 20240117 7,78
20240118 7,80
20240119 7,83
20240120 7,85
20240121 7,87
20240122 7,90
20240123 7,92
20240124 7,94
20240125 7,97
20240126 7,99
20240127 8,01
20240128 8,04
20240129 8,06
20240130 8,08
20240131 8,11
20240201 8,13
20240202 8,15
20240203 8,18
20240204 8,20
20240205 8,23
20240206 8,25
20240207 8,28
20240208 8,30
20240209 8,32
20240210 8,35
20240211 8,37
20240212 8,40
20240213 8,42
20240214 8,45
20240215 8,47
20240216 8,50

 

Referencia normativa: Artículo 14 de la Ley 27.551 y Com. “A” 7096. A partir del día 17 de cada mes y hasta el 16 del mes siguiente, ambas fechas inclusive, el ICL se actualizará de acuerdo con el factor diario (Ft) que surge de la siguiente expresión:

Ft=((IPCj-2/IPCj-3)*0,5+(RIPTEj-2/RIPTEj-3)*0,5)(1/k)

Donde:

F = Factor diario de actualización del Índice para Contratos de Locación (ICL).
k = número de días correspondiente al mes en curso.
j = mes en curso.
IPCj-2 = Valor del Índice de Precios al Consumidor Total Nacional, dos meses antes a aquél en que se determina el ICL.
IPCj-3 = Valor del Índice de Precios al Consumidor Total Nacional, tres meses antes a aquél en que se determina el ICL.
RIPTEj-2 = Valor de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables, dos meses antes a aquél en que se determina el ICL.
RIPTEj-3 = Valor de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables, tres meses antes a aquél en que se determina el ICL.”

De esta forma, el ICL se construirá mediante el siguiente cálculo:

ICLt=Ft*ICLt-1

Siendo que el ICL en t-1 tendrá un valor de inicio de 1 correspondiente al día anterior al de entrada en vigencia del mismo.

Desde el 1 al 16 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, el Índice de Contratos de Locación se construirá en base a la tasa media geométrica calculada sobre la variación de los índices de abril 2020 respecto a marzo 2020.

 


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