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Resolución SIP (Córdoba) 59/2024

Resolución SIP (Córdoba) 59/2024

Régimen de Facilidades de Pago Decreto N° 1738/16: se extiende el plazo para adherir a las condiciones especiales y transitorias de financiación.


SUMARIO

La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba extiende hasta el día 31 de enero de 2025, la fecha hasta la cual los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse a las condiciones especiales y transitorias de financiación dispuestas por la Resolución Nº 57/2024. Recordamos que el plazo original de acogimiento vencía este martes 10 de diciembre de 2024.

ANÁLISIS

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 6/12/2024

B.O. (Córdoba) 10/12/2024

Vigencia y Aplicación: 10/12/2024

Organismo Emisor: Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba

Cantidad de Artículos: 2

Cantidad de Anexos: –

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba


VISTO: El Expediente Nº 0473-001501/2024.

Y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1738/16 y sus modificatorios, se estableció un Régimen de facilidades de pago.

Que mediante la Resolución N° 45/2016 y sus modificatorias, de esta Secretaría, se procedió a reglamentar el aludido Régimen. 

Que los artículos 4, 7, 8 y 10 del mencionado Decreto, facultan a esta Secretaría a definir la deuda que puede ser financiada en el plan, la cantidad de  cuotas, los importes mínimos de las mismas y la tasa de interés de financiación del plan de facilidades de pago.

Que, atento al contexto macroeconómico por la cual se encuentra atravesando nuestro país y las dificultades que esto implica para los ingresos y el  desarrollo de actividades de los contribuyentes, mediante la Resolución Nº 2024/SIP-00000057 de esta Secretaría, se establecieron de manera transitoria, hasta el 10 de diciembre próximo inmediato, condiciones de financiación más favorable para la regularización de las deudas tributarias vencidas al 31 de octubre de 2024, por parte de los contribuyentes.

Que, en virtud de la respuesta por parte de los contribuyentes, y al exiguo plazo transcurrido desde la vigencia de la mencionada norma, se entiende necesario extender la posibilidad de acogerse a las condiciones del aludido Plan, hasta el 31 de enero del 2025.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Unidad de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 31/2024 y de acuerdo con lo dictaminado  por el Servicio Jurídico del Ministerio de Economía y Gestión Pública, al Nº 2024/DAL-00001173,

EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° EXTENDER hasta el día 31 de enero de 2025, la fecha hasta la cual los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse a las condiciones  especiales y transitorias de financiación dispuestas por la Resolución Nº 2024/SIP-00000057 de esta Secretaría.

Artículo 2° De forma.-

FDO.: GERARDO ANDRÉS PINTUCCI, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS


 

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