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59

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Impuestos Provinciales
Resolución General DGR (Tucuman) 59/2025 22/09/2025

Tucumán: prórroga excepcional de vencimientos de julio y agosto 2025 para mantener acceso al régimen de regularización de deudas.

La Dirección General de Rentas de Tucumán dispone que, a los fines de cumplir con la condición prevista en el artículo 3° del Decreto 1243/3 (ME)-2021, prorrogado por el Decreto 2514/3 (MEyP)-2025, se consideren cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operaron en julio y agosto de 2025 siempre que sean abonadas hasta el 30 de septiembre de 2025 inclusive, con los intereses correspondientes previstos en el Código Tributario Provincial.

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Contabilidad y Auditoría
Resolución Técnica (FACPCE) 59 25/07/2024

Normas Contables Profesionales: aclaraciones previas y ajustes para la aplicación inicial de la RT 54 Norma Unificada Argentina de Contabilidad (NUA).

La FACPCE introduce aclaraciones previas y modificaciones complementarias vinculadas a la implementación de la Resolución Técnica N° 54 sobre la Norma Unificada Argentina de Contabilidad (NUA), con el objetivo de mejorar su consistencia, interpretación y aplicación práctica en los estados contables.

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Impuestos Provinciales
Resolución General DGR (Tucuman) 59/2021 21/07/2023

Procedimiento. Régimen de Regularización de Deudas Fiscales. Dto. (Tucuman) 1243-3/2021. Su reglamentación.

Se reglamentan los aspectos operativos para la aplicación del régimen de regularización de deudas fiscales aplicable para la cancelación total o parcial de deudas vencidas y exigibles al 30 de Abril de 2021 inclusive, en concepto de tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia, incluyendo sus intereses, recargos y multas, como así también los anticipos y cuotas del período fiscal 2021 vencidos a dicha fecha.

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Impuestos Provinciales
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 59/2020 21/07/2023

Ingresos brutos. Devolución de saldos a favor. Presentación, tramitación y resolución de demandas de repetición. Procedimiento web. Nueva reglamentación.

Establecer que las demandas de repetición instadas por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -locales y sujetos al régimen del Convenio Multilateral, activos, cesados o no inscriptos- serán formalizadas, tramitadas y resueltas a través del procedimiento digital que se regula en la presente. Las demandas de repetición a que se refiere esta Resolución deberán formalizarse a través de la aplicación informática “Sistema Único de Demanda (SUD)”, disponible en el sitio oficial de internet de esta Agencia de Recaudación (www.arba.gov.ar), a la cual deberá acceder el contribuyente mediante su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave de Identificación Tributaria (CIT), o aquella que en el futuro la sustituya.

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