El Poder Ejecutivo dispuso una nueva prórroga del régimen diferencial de contribuciones patronales aplicable a los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026 y mantiene para estos empleadores las alícuotas que venían aplicando con anterioridad al régimen general establecido por la Ley 27.541.
El esquema alcanza a las instituciones comprendidas en las Leyes 13.047 y 24.049, tanto a aquellas que reciben aporte estatal como a las que lo perciben de manera parcial o no cuentan con dicho financiamiento. De este modo, se evita que queden sujetas a los niveles generales de contribuciones patronales previstos para el sector privado, cuya aplicación implicaría un incremento significativo de los costos laborales.
Según los fundamentos del Decreto 939/2025, el componente salarial —incluidas las contribuciones patronales— representa el principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos privados. La aplicación del régimen general a partir de 2026 habría generado un aumento considerado desproporcionado, con mayor impacto en las jurisdicciones alejadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires, donde los beneficios vigentes presentan diferencias regionales.
La norma también advierte que, dado que la mayoría de los establecimientos educativos privados cuenta con aporte estatal financiado por las provincias, un incremento en las contribuciones patronales se trasladaría directamente a mayores erogaciones presupuestarias provinciales. En los casos sin aporte estatal, o con aportes parciales, el aumento de los costos laborales podría derivar en subas de aranceles, afectando a las familias que utilizan estos servicios educativos.
En ese contexto, el Gobierno sostiene que la aplicación del régimen general pondría en riesgo la continuidad y calidad del servicio educativo, con especial impacto en instituciones de bajos recursos y en regiones socialmente más vulnerables. Por ese motivo, y con informes técnicos favorables de las áreas competentes, se decidió extender por un año adicional la exclusión prevista en el artículo 24 de la Ley 27.541.
El decreto dispone además dar intervención a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme el procedimiento previsto para los decretos dictados en ejercicio de facultades delegadas. La prórroga se suma a una serie de extensiones sucesivas que mantienen vigente este tratamiento diferencial desde 2020, ahora con horizonte hasta fines de 2026.




