La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy aprobó un nuevo procedimiento digital para solicitar la devolución de tributos pagados en exceso o en forma indebida, a través de la Resolución General 1729/2025, publicada en el Boletín Oficial del 5 de noviembre de 2025.
El sistema, operativo desde el día siguiente a su publicación, permite a los contribuyentes gestionar el reintegro mediante el sitio web del organismo, ingresando con clave fiscal al módulo “Solicitudes y Reclamos” y completando el formulario F-252 “Solicitud de Devolución”. La acreditación se realizará directamente en la cuenta bancaria (CBU) del titular declarada en el trámite.
El procedimiento aplica a los impuestos Inmobiliario, de Sellos e Ingresos Brutos en casos de doble pago, saldos a favor o percepciones y retenciones indebidas. Para acceder, los contribuyentes deben acreditar el pago en exceso, no tener deudas ni planes de pago vigentes, y no encontrarse bajo fiscalización o concurso preventivo. En el caso de Ingresos Brutos, se exige que las declaraciones juradas estén presentadas y abonadas, y que el saldo a favor figure en la última presentación sin trasladarse a períodos posteriores.
Si la solicitud es rechazada por inconsistencias, Rentas notificará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico mediante el formulario F-254 “Aviso de devolución no admitida”. Una vez corregidos los errores, podrá volver a gestionarse el trámite.
Cuando la devolución sea aprobada, la Dirección emitirá el acto administrativo correspondiente y enviará la orden de pago a la Contaduría y Tesorería provincial para su habilitación y transferencia del importe.
La medida forma parte del proceso de modernización administrativa de la provincia, orientado a simplificar los trámites tributarios, reducir tiempos y brindar mayor transparencia a los procedimientos fiscales.




