La medida fija fechas de finalización del ciclo productivo y habilita beneficios fiscales y financieros para los productores alcanzados.
El Ministerio de Economía, mediante la Resolución 216/2026, formalizó la prórroga y ampliación del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en múltiples partidos de la provincia de Buenos Aires afectados por inundaciones, con vigencia diferenciada hasta el 28 de febrero de 2026 o el 30 de abril de 2026, según el distrito.
La medida reconoce prórrogas en Roque Pérez, Coronel Suárez y Guaminí hasta el 28 de febrero de 2026, y declara la emergencia desde el 1° de septiembre de 2025 hasta esa misma fecha en Pehuajó, Junín, Tapalqué, Rauch y Maipú. Además, establece el estado de emergencia desde el 1° de noviembre de 2025 hasta el 30 de abril de 2026 en General Guido, Daireaux, Carlos Tejedor y Dolores.
En paralelo, se extiende hasta el 30 de abril de 2026 la situación ya reconocida en Hipólito Yrigoyen, General Viamonte, Junín, Roque Pérez, Monte, General Alvear, Las Flores y Chacabuco.
La resolución fija como fecha de finalización del ciclo productivo el 28 de febrero de 2026 para determinadas áreas y el 30 de abril de 2026 para otras, en línea con los parámetros previstos por la Ley 26.509 y su reglamentación. Esta delimitación es relevante para determinar el período durante el cual los productores pueden acceder a los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 del régimen nacional de emergencia agropecuaria, que incluyen medidas de asistencia financiera y alivio fiscal.
Para acceder a los beneficios, los productores deberán contar con un certificado emitido por la autoridad provincial competente que acredite que sus explotaciones se encuentran comprendidas en las zonas declaradas. El Gobierno de la provincia deberá remitir el listado de afectados a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Asimismo, se instruye a las entidades bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a instrumentar los mecanismos necesarios para que los productores alcanzados puedan efectivamente acceder a los beneficios previstos por la normativa vigente.
La medida entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y se dicta en el marco de las facultades conferidas al Ministerio de Economía por la normativa de emergencia agropecuaria.




