Decreto (Tucuman) 2483-3/2020
Ingresos brutos e Impuesto para la salud pública. Actividades relacionadas con el sector turístico. Alícuota del 0%. Prórroga al 28/2/2021.
Ingresos brutos e Impuesto para la salud pública. Actividades relacionadas con el sector turístico. Alícuota del 0%. Prórroga al 28/2/2021.
Ingresos Brutos. Alícuota del cero por ciento (0%) para actividades afectadas por la pandemia COVID-19.
Impuestos sobre los ingresos brutos y para la salud pública. Actividades relacionadas con el sector turístico. alícuota del 0% hasta el 31/12/2020.