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Deudas que revistan interés fiscal

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NORMATIVA 07-04-2026
Resolución MEYP (Tucuman) 401/2026
El Ministerio de Economía y Producción estableció en $200.000 el monto mínimo de deuda que reviste interés fiscal a los efectos de habilitar el impulso de acciones de cobro, en el marco de lo previsto por el artículo 171 del Código Tributario Provincial. El valor rige para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y resulta aplicable tanto a deudas en trámite administrativo como en procesos de ejecución fiscal.
NORMATIVA 28-02-2024
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