Consulta 74960/2025
Rectificación de declaraciones juradas de IVA: cómo se imputa el pago original.
Comunicaciones de ARCA por presuntas deudas del derecho de exportación de servicios: alcance durante su vigencia.
El Decreto 726/2025 reduce transitoriamente los derechos de exportación para productos metalúrgicos hasta el 31 de diciembre de 2025, con el objetivo de compensar barreras comerciales externas y fomentar la competitividad industrial.
Reducción temporal al 0% en derechos de exportación para aluminio y acero destinados a países con altos aranceles.
ARCA modificó el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) y 750 mil contribuyentes mejoraron su calificación. El 80% quedó en las categorías con mejores calificaciones y accederá a más beneficios fiscales.
Impuesto a las Ganancias: valuación de existencias finales de mercaderías importadas.
Adquisición de inmueble en cuotas en moneda extranjera: tratamiento contable e impositivo hasta la escrituración.
Desde enero de 2026, los monotributistas porteños pagarán en una sola cuota sus obligaciones nacionales y locales gracias al ingreso de CABA al Sistema Único Tributario, según la Resolución General Conjunta 5769/2025 de ARCA y AGIP.
Incorporación de CABA al Sistema Único Tributario: unificación del Monotributo nacional y el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.
Posibilidad de rectificar el certificado PyME para ejercer la opción del IVA diferido.
Con el Decreto 699/2025, el Ejecutivo extendió hasta fin de octubre el diferimiento en la aplicación de los incrementos de impuestos a las naftas y al gasoil. El ajuste recién impactará desde noviembre.
La Resolución General 5767/2025 amplía los plazos para que contribuyentes regularicen saldos del impuesto a las ganancias y refinancien planes vigentes.
Régimen especial para regularizar ganancias por uso incorrecto de quebrantos: extensión del plazo para adherir.
Combustibles: se difiere al 1° de noviembre el impacto de aumentos en impuestos a naftas y gasoil.
Deducción por gastos educativos y por cuotas médico asistenciales de hijos: tratamiento cuando ambos progenitores deducen el 50%.
Combustibles líquidos: ARCA extiende el uso de marcadores químicos y reagentes para combustibles hasta 2026.
La Resolución General 5765/2025 restablece el régimen de devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS no computados por operaciones de importación. Los importadores podrán inscribirse entre el 6 de octubre y el 19 de noviembre de 2025.
Impuesto PAIS: ARCA restablece el procedimiento de devolución de pagos a cuenta no computados por importaciones.
Renuncia al Monotributo: cómputo del crédito fiscal de los últimos 12 meses antes del alta en el régimen general.
Procedimiento para la exclusión de un contribuyente de la Base de Contribuyentes No Confiables (Base Apoc).
Transferencia de vehículo por cesión de cuotas a socio saliente en una SRL: facturación e impuesto aplicable.
ARCA actualiza régimen de información para cooperativas y mutuales: nuevo umbral de $1.600.000 mensuales.
Facturación: nuevo procedimiento de autorización de comprobantes clase “A” y eliminación de la Factura “M”.
La Resolución General 5761/2025 obliga a liquidar el 90% de divisas en tres días hábiles para mantener el beneficio. El incumplimiento implicará perder la alícuota reducida y tributar la tasa anterior.
ARCA reestructura áreas internas en Aduana y DGI y elimina el Comité de Análisis de Estructura Organizacional.
Exportaciones de carne: ARCA reglamenta el procedimiento para acceder al beneficio de alícuota 0% y la obligación de liquidar divisas.
Río Negro: reglamentación del Régimen de Promoción Económica e Industrial para inversión, innovación y radicación empresarial.
El Decreto 685/2025 fija en 0% los derechos de exportación para productos cárnicos hasta el 31 de octubre de 2025. Los exportadores deberán liquidar el 90% de divisas en un plazo máximo de tres días hábiles.
La nueva resolución establece que los exportadores deberán validar una declaración en el SIM y liquidar el 90% de las divisas dentro de los tres días hábiles de aprobada la DJVE. El incumplimiento implicará la pérdida del beneficio y la obligación de pagar la alícuota previa.