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Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias
ANáLISIS
17-09-2025
Actualidad Impositiva N° 74138
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que los agentes de liquidación y percepción del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias podrán ingresar, de manera excepcional, las sumas correspondientes al período comprendido entre el 16 y el 22 de septiembre de 2025 hasta el 24 de septiembre inclusive. La prórroga fue establecida a través de la Resolución General 5758/2025, publicada en el Boletín Oficial.
ANáLISIS
25-10-2023
NORMATIVA
21-07-2023
Resolución General (AFIP) 5147
