Resolución General (ARCA) 5785/2025
Utilización del C.A.E.A. como primera opción de contingencia para la emisión de comprobantes electrónicos.
Utilización del C.A.E.A. como primera opción de contingencia para la emisión de comprobantes electrónicos.
Desde junio de 2026, el Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.) dejará de ser un régimen opcional para grandes emisores y se aplicará solo ante contingencias. La medida simplifica el sistema y consolida la facturación online con C.A.E. como modalidad general.
ARCA redefine el uso del C.A.E.A. como régimen excepcional para la emisión de comprobantes electrónicos ante contingencias.
Se eleva a 10 millones el importe a partir del cual corresponde identificar al consumidor final en los comprobantes emitidos.
Se expone una serie de 10 preguntas y respuestas referidas al nuevo régimen de emisión de notas de crédito y/o débito de la Res. Gral. (AFIP) 4540.
AFIP actualiza regímenes de facturación: nuevos límites para identificar a consumidores finales y prórroga para controladores fiscales de vieja tecnología.
Unificación y actualización del régimen de factura electrónica: nuevo marco integral para la emisión y almacenamiento digital de comprobantes.
Factura electrónica: AFIP actualiza el régimen de información y emisión con nuevas exigencias de codificación y aplicación informática.
Creación del régimen opcional de emisión con “Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.)” para grandes emisores de comprobantes.