Resolución General (ARCA) 5785/2025Vigente
Utilización del C.A.E.A. como primera opción de contingencia para la emisión de comprobantes electrónicos.
🔒 Contenido exclusivo para suscriptores
¡Por favor, iniciá sesión para ver el contenido o
registrate aquí
para conocer nuestros planes!
RELACIONES NORMATIVAS
Esta norma se relaciona con 1 norma:
Modificada por
- Resolución General (ARCA) 5852/2026 (Norma)
Prórroga al 1 de agosto de 2026 para el uso excepcional del C.A.E.A. en facturación electrónica.
Alcance: Art. 2
