Decreto (Tucuman) 2527-3/2020
Procedimiento. Régimen excepcional de facilidades de pago. Ley (Tucuman) 8873. Plazo para su acogimiento. Prórroga hasta el 19/1/2021.
Procedimiento. Régimen excepcional de facilidades de pago. Ley (Tucuman) 8873. Plazo para su acogimiento. Prórroga hasta el 19/1/2021.
Regímenes de Facilidades de Pago. Res. (ME) 12/2004 y 767/2020. Vigencia. Prórroga hasta el 19/1/2021.
Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de diciembre de 2020.
Procedimiento. Calendario de vencimientos 2020. Vencimientos impositivos que operaron el día 24/12/2020. Prórroga.
Procedimiento. Calendario de vencimientos 2020. Vencimientos impositivos que operaron el día 15/12/2020. Prórroga.
Ingresos Brutos. Alícuota 0% para actividades afectadas por la pandemia COVID-19. Dto. (Tucuman) 1520-3/2020. Prórroga.
Ingresos brutos e Impuesto para la Salud Pública. Calendario de vencimientos impositivos para el período fiscal 2021.
Procedimiento. Régimen excepcional de facilidades de pago. Ley (Tucuman) 8873. Plazo para su acogimiento. Prórroga hasta el 22/12/2020.
Regímenes de Facilidades de Pago. Res. (ME) 12/2004 y 767/2020. Vigencia. Prórroga hasta el 22/12/2020.
Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de Noviembre de 2020.
Procedimiento. Fiscalización Electrónica para el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Su aprobación.
Impuestos a los Automotores y Rodados, Inmobiliario y para las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) Comunas Rurales. Calendario de vencimientos para el período fiscal 2021.
Impuesto Inmobiliario. Inmuebles urbanos con edificación para vivienda de uso residencial unifamiliar. Bonificación para el período fiscal 2021.
Tasa de Uso Especial de Agua. Artículos 50 y 51 de la Ley Impositiva. Adecuación de montos vigentes para el período fiscal 2021.
Impuesto a los Automotores y Rodados. Vehículos con destino exclusivo al transporte automotor de cargas, acoplados y semirremolques. Adecuación del importe previsto en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Impositiva.
Impuesto a los Automotores y Rodados. Exenciones. Adecuación del monto al cual se refiere el punto a) del inciso 13 del artículo 308 del Código Tributario.
Impuesto a los Automotores y Rodados. Exenciones. Adecuación del monto al cual se refiere el segundo párrafo del inciso 8) del artículo 308 del Código Tributario.
Impuesto Inmobiliario. Inmuebles urbanos y rurales. Valuaciones fiscales para el período fiscal 2021.
Procedimiento. Sistema Aplicativo de Presentación (SiAPre). Nuevo Release 12 de la Versión 6.0.
Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de Octubre de 2020.
Emergencia Nacional. Cadena de producción de cítricos. Ley 27507. Extiéndese plazo e incorpóranse provincias.
Régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas en concepto de multas aplicadas por la Dir. Gral. de Catastro. Su implementación.
Considerar presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 21 de Octubre de 2020 inclusive.
Regímenes de Facilidades de Pago. Res. (ME) 12/2004.Vigencia. Prórroga.
Régimen de facilidades de pago permanente. Res. (ME) 12/2004. Prórroga de su vigencia. Res. (ME) 767/2020. Su reglamentación.
Procedimiento. Denuncia del domicilio fiscal. Presentación del formulario Nº 900 (F.900). Resoluciones Generales (DGR) 176/2010 y 177/2010. Su modificación.
Procedimiento. Suspensión del cómputo de plazos procedimentales en el ámbito de la Dirección General de Rentas. Dto. (Tucuman) 1351-3/2020. Prórroga.
Sellos. Sistema informático denominado “Sellos Liquidación WEB”. Su aprobación.
Ingresos Brutos. Alícuota del cero por ciento (0%) para actividades afectadas por la pandemia COVID-19.