ARCA flexibiliza el régimen de reducción de anticipos de Ganancias para sociedades

La Resolución General 5778/2025 permite a las sociedades reducir anticipos desde el tercer pago cuando el total supere en más del 25% el impuesto estimado, y eleva los montos que determinan el procedimiento especial a $250 millones y $200 millones, con actualización anual por IPC desde 2027.

Redacción BDC27/10/2025
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ARCA flexibiliza el régimen de reducción de anticipos de Ganancias para sociedades

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevas pautas para la opción de reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias mediante la Resolución General 5778/2025, publicada el 27 de octubre en el Boletín Oficial.

La medida introduce dos cambios relevantes. En primer lugar, modifica la Resolución General 5211 para permitir que las sociedades incluidas en el artículo 73 de la Ley de Ganancias —como sociedades anónimas, asociaciones y entidades equiparadas— puedan ejercer la opción de reducción de anticipos a partir del tercer pago, en lugar del quinto, siempre que el total estimado a ingresar por anticipos supere en más del 25% el impuesto determinado para el período fiscal correspondiente.

En segundo término, actualiza los parámetros de la Resolución General 5246, que establece el procedimiento especial de solicitud de reducción con controles adicionales, aplicable a aquellas solicitudes de opción de reducción de anticipos en las que se verifiquen determinados parámetros en la base de cálculo o en el monto de disminución estimado..

Los nuevos valores a considerar respecto a la base de cálculo de los anticipos pasan a ser de $250 millones para contribuyentes del segmento 11 (grandes contribuyentes) y de $200 millones para el resto, reemplazando el límite anterior de $150 millones. Estos montos se ajustarán anualmente por IPC a partir del 1° de marzo de 2027, tomando como referencia la variación del índice del INDEC del año previo.

La nueva resolución mantiene además la condición de que el monto de la estimación practicada, para acceder al régimen especial de reducción de anticipos, resulte inferior en más de un 10% respecto de la base de cálculo de los anticipos.

La resolución también fija una disposición transitoria: la primera actualización, en 2027, se realizará considerando la variación del IPC entre noviembre de 2025 y diciembre de 2026.

Según la norma, los nuevos criterios rigen desde el día hábil siguiente a su publicación y serán aplicables a todas las solicitudes de reducción de anticipos que se presenten a partir de esa fecha.

Con esta modificación, ARCA busca adaptar el régimen de anticipos a la dinámica inflacionaria y otorgar mayor flexibilidad a los contribuyentes para adecuar sus pagos a la carga fiscal real proyectada del ejercicio.

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