El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil oficializó mediante la Resolución 9/2025 un esquema de aumentos mensuales del salario mínimo, que se aplicará entre noviembre de 2025 y agosto de 2026. La medida fue tomada por la presidenta alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa, luego de que las negociaciones entre representantes sindicales y empleadores finalizaran sin acuerdo.
El salario mínimo, que era de $322.000 desde octubre de 2025, se incrementará de forma escalonada hasta alcanzar los $376.600 en agosto de 2026, lo que representa un aumento acumulado del 17%. Los aumentos mes a mes son los siguientes:
- Noviembre 2025: $328.400 (+1,99%)
- Diciembre 2025: $334.800 (+3,97%)
- Enero 2026: $341.000 (+5,91%)
- Febrero 2026: $346.800 (+7,70%)
- Marzo 2026: $352.400 (+9,43%)
- Abril 2026: $357.800 (+11,14%)
- Mayo 2026: $363.000 (+12,73%)
- Junio 2026: $367.800 (+14,24%)
- Julio 2026: $372.400 (+15,64%)
- Agosto 2026: $376.600 (+17,00%)
Para los trabajadores jornalizados, el valor por hora sube desde $1.642 en noviembre hasta $1.883 en agosto, acompañando el mismo ritmo de actualización.
La normativa también mantiene el cálculo de la prestación por desempleo, que es del 75% del mejor sueldo neto de los seis meses previos al despido. El monto no podrá ser menor al 50% ni mayor al 100% del salario mínimo vigente de cada mes.
Esta actualización impacta directamente en convenios colectivos, escalas salariales, aportes previsionales y parámetros de planes sociales. La medida ya rige desde su publicación en el Boletín Oficial del 3 de diciembre de 2025.




