La Unidad de Información Financiera (UIF) oficializó este martes la Resolución 207/2025, una profunda actualización normativa que reemplaza a la Resolución UIF 29/2013, y regula en detalle los procedimientos para el reporte de operaciones sospechosas de financiación del terrorismo (RFT) y el congelamiento administrativo de activos vinculados a personas o entidades designadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o por el Poder Ejecutivo Nacional.
La medida responde a los hallazgos de la última evaluación mutua del GAFI sobre Argentina y busca adecuar la normativa local a las Recomendaciones 6 y 7 del organismo internacional. A partir de ahora, los sujetos obligados por la Ley 25.246 —entre ellos bancos, aseguradoras, fiduciarias, casinos y otros— deberán reportar sin demora, y como máximo en 24 horas, cualquier operación en la que participen personas físicas o jurídicas incluidas en los listados internacionales o nacionales de sanciones por terrorismo.
Asimismo, si se constata una coincidencia con personas designadas, los sujetos obligados deberán inmovilizar de forma inmediata los fondos, bienes u otros activos y notificarlo a la UIF mediante el sistema ROC (Reporte Orden de Congelamiento), sin necesidad de intervención judicial previa. La medida también prohíbe informar al cliente afectado sobre el motivo del congelamiento, garantizando la confidencialidad de la acción.
El nuevo régimen también establece que, cuando la UIF disponga directamente el congelamiento de activos vinculados a sospechas de financiación del terrorismo conforme al artículo 306 del Código Penal, dicha inmovilización tendrá una duración máxima de 6 meses, prorrogable por única vez por igual período, salvo intervención judicial en contrario.
Se aclara, además, que las compañías aseguradoras no estarán obligadas a congelar activos cuando deban pagar sumas a terceros de buena fe no incluidos en las listas, por ejemplo en caso de siniestros bajo seguros obligatorios.
Finalmente, la UIF advierte que el incumplimiento de las nuevas obligaciones será pasible de las sanciones previstas en la Ley 25.246. La Resolución 207/2025 ya se encuentra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.




