Resolución General (AFIP) 4846
Procedimiento. Régimen de facilidades de pago permanente. Res. Gral. (AFIP) 4268. Cantidad máxima de planes, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable. Vigencia transitoria. Extensión.
Procedimiento. Régimen de facilidades de pago permanente. Res. Gral. (AFIP) 4268. Cantidad máxima de planes, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable. Vigencia transitoria. Extensión.
Procedimiento. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago. Ley (Tucuman) 8873. Considerar cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias que se abonen como plazo límite hasta el día 30 de Octubre de 2020.
Plan Extraordinario de Quita y Financiación de Tributos Provinciales. Tasa de Servicios Forestales. Su exclusión.
Régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas en concepto de multas aplicadas por la Dir. Gral. de Catastro. Su implementación.
Regímenes de Facilidades de Pago. Res. (ME) 12/2004.Vigencia. Prórroga.
Régimen de facilidades de pago permanente. Res. (ME) 12/2004. Prórroga de su vigencia. Res. (ME) 767/2020. Su reglamentación.
Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias. Ley (San Juan) 2029-I. Plazo de acogimiento. Prórroga.
Planes de facilidades de pago. Res. (ART) 592/2020. Su modificación.
Procedimiento. Régimen de Facilidades de Pago. Dto. (Santa Fe) 485/2020. Res. Gral. (API) 35/2020. Prórroga.
Régimen de regularización de deudas para MiPyMEs. Ley (Buenos Aires) 15165. Res. Norm. (ARBA) 8/2020. Prórroga para su acogimiento.
Régimen de facilidades de pago permanente. Vigencia transitoria respecto de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable. Prórroga. Res. Gral. (AFIP) 4268. Su modificación.
Plan Especial de Pago para deudas devengadas entre el 01 de Diciembre de 2019 y el 31 de Agosto de 2020. Dto. (Santa Fe) 956/2020. Su reglamentación.
Régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Ley 27562. Res. Gral. (AFIP) 4816. Su modificación.
Régimen Especial de Regularización de Deudas vencidas o devengadas, según el tributo de que se trate, al 31 de Julio de 2020 inclusive. Dto. (Jujuy) 1515/2020. Su reglamentación.
Régimen Especial de Regularización de Deudas vencidas o devengadas, según el tributo de que se trate, al 31 de Julio de 2020 inclusive. Su aprobación.
Régimen Especial de Facilidades de Pago. Res. Gral. (DPIP) 24/2010. Su modificación.
Plan Especial de Pago para deudas devengadas entre el 01 de Diciembre de 2019 y el 31 de Agosto de 2020.
Ley Impositiva Anual. Ley (Santa Fe) 3650. Modificaciones para el año 2020. Régimen de regularización tributaria. Su implementación.
Régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Ley 27562. Su reglamentación.
Regímenes de facilidades de pago especiales. Res. (ART) 592/2020. Su modificación.
Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales. Ley (Chaco) 3118-F. Su modificación.
Régimen Especial y Transitorio de Regularización de Obligaciones Tributarias. Ley (Salta) 8183. Considerar en término los acogimientos.
Régimen especial y transitorio de regularización de deudas provinciales. Ley (Salta) 8183. Prorrógase el plazo para el acogimiento respecto a determinadas deudas.
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 6/2016 Régimen permanente de facilidades de pago. Su implementación.
Régimen transitorio de facilidades de pago. Res. Norm. (ARBA) 49/2020. Adecuaciones.
Régimen permanente de facilidades de pago. Res. Norm. (ARBA) 6/2016. Inclusión de deudas vencidas o devengadas, según el impuesto del que se trate, hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive.
Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales. Ley (Chaco) 3118-F. Res. Gral. (ATP) 2015/2020. Su modificación.
Obligaciones tributarias cuyos vencimientos operaron a partir del 1º de Junio de 2020 y hasta el 31 de Julio de 2020. Régimen Excepcional de Facilidades de Pago Ley 8873. Condiciones para su adhesión. Consideranse cumplidas en término.
Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas. Leyes Provinciales 1310 y 1312. Certificado de Cumplimiento fiscal (provisorio).