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CONSULTA FRECUENTE / Nacional 13-10-2025
Consulta 75065/2025
Las vacaciones no gozadas y el SAC proporcional abonados al finalizar la relación laboral están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, al tratarse de conceptos de naturaleza remuneratoria. El empleador debe incluirlos en la liquidación final y practicar la retención conforme a la RG 4003 y la Circular 4/2021.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 13-10-2025
Consulta 75063/2025
La venta de departamentos obtenidos por un ex socio de una sociedad constructora se considera una actividad habitual vinculada al negocio inmobiliario, alcanzada por el régimen general del Impuesto a las Ganancias como renta de tercera categoría. No corresponde el impuesto cedular ni puede encuadrarse en el Monotributo, siendo lo más adecuado mantener la condición de responsable inscripto.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 13-10-2025
Consulta 75059/2025
La cesión de derechos fiduciarios o de adjudicación de unidades en un fideicomiso se considera una transferencia onerosa de derechos sobre inmuebles y tributa bajo el impuesto cedular con alícuota del 15%. Solo si el contribuyente actúa como habitualista, el resultado pasa a integrar la renta general del impuesto a las ganancias.
ACTUALIDAD 13-10-2025
ARCA crea el Comité de Integridad y Ética Pública y actualiza el marco ético institucional
(DISPO) DISPOSICIóN / Nacional 13-10-2025
Disposición (ARCA) 216/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la creación del Comité de Integridad y Ética Pública, órgano consultivo destinado a promover políticas de transparencia, integridad y conducta ética en la función pública, sustituyendo al comité homónimo que había sido establecido en el ámbito de la ex AFIP. 
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 08-10-2025
Consulta 74966/2025
Las criptomonedas alojadas en Binance, como XRP, se consideran activos de fuente extranjera, ya que el exchange y el emisor no están radicados en Argentina. En el Impuesto a las Ganancias, deben incorporarse al patrimonio al costo de adquisición y solo generan renta gravada al momento de su venta, determinándose la ganancia por la diferencia entre el valor de venta y dicho costo. En Bienes Personales, deben declararse como bienes situados en el exterior y valuarse al último valor de cotización al 31 de diciembre o, en su defecto, al costo de compra.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 08-10-2025
Consulta 74964/2025
La normativa (Ley 27.618, Decreto 337/2021 y RG 5003/2021) no exige un tiempo mínimo de permanencia en el Monotributo para acceder a la reducción del débito fiscal en IVA al pasar al Régimen General. El beneficio aplica siempre que la renuncia o exclusión se comunique dentro del plazo previsto, el alta en IVA se realice oportunamente y los ingresos brutos no superen el 50% del tope para microempresas. 
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 08-10-2025
Consulta 74960/2025
Al presentar una declaración jurada rectificativa de IVA no se debe volver a informar el monto pagado en la declaración original, ya que el sistema no lo solicita ni lo contempla. Si el nuevo cálculo determina un importe mayor, la diferencia se reflejará en el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT), desde donde podrá generarse el VEP solo por el saldo pendiente. Si el resultado es menor, el excedente quedará registrado como saldo a favor del contribuyente para compensar futuras obligaciones o solicitar su devolución.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 08-10-2025
Consulta 74958/2025
Ante el envío de notificaciones de ARCA a contribuyentes por supuestas deudas del derecho de exportación de servicios correspondientes a los años 2019-2021, corresponde aclarar que el tributo solo era exigible cuando las exportaciones anuales superaban los USD 600.000 y el contribuyente no contaba con certificado MiPyME. El pago siempre se realizaba en pesos mediante VEP (Impuesto 2091 – Concepto 800 – Subconcepto 800). Los monotributistas y pequeñas empresas que no superaron ese umbral o estaban inscriptos como MiPyME pueden responder acreditando su exención o desestimando el requerimiento.
ACTUALIDAD 08-10-2025
El Gobierno fija en 0% los derechos de exportación para aluminio y acero hacia países con aranceles del 45% o más
(DECRE) DECRETO / Nacional 08-10-2025
Decreto (PEN) 726/2025
Se establece una alícuota del 0% en el derecho de exportación para las mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) correspondientes a productos de aluminio, acero y sus derivados, siempre que sean exportadas a países que apliquen aranceles de importación “ad valorem” iguales o superiores al 45%.
ACTUALIDAD 07-10-2025
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 06-10-2025
Consulta 74870/2025
Para determinar el valor impositivo de las existencias finales de mercaderías importadas, se aplica el criterio del artículo 56 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 136 del decreto reglamentario. El “valor de la última compra” corresponde al costo total de adquisición puesto en condiciones de venta, que incluye el precio facturado por el proveedor del exterior (valor CIF) más los gastos de nacionalización, derechos de importación, tasas, seguros, fletes, almacenaje y cualquier otro costo necesario hasta su ingreso al depósito o punto de venta. 
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 06-10-2025
Consulta 74868/2025
Cuando una sociedad adquiere un inmueble en cuotas en dólares y solo cuenta con el boleto de compraventa —sin posesión ni escritura—, el bien no se reconoce aún como activo fijo, sino como un crédito o compromiso en moneda extranjera. Según la RT 56 (FACPCE) y la Ley del Impuesto a las Ganancias, las deudas o créditos en moneda extranjera deben valuarse al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio, y las diferencias de cambio que se generen son resultados gravados. 
ACTUALIDAD 03-10-2025
(RGCON) RESOLUCIóN GENERAL CONJUNTA / CABA 03-10-2025
Resolución General Conjunta (ARCA) y (AGIP) 5769/2025
Se establece la incorporación de los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al “Sistema Único Tributario”, alcanzando a quienes se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y simultáneamente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 02-10-2025
Consulta 74771/2025
La normativa permite rectificar el certificado PyME para adherir al beneficio del pago diferido del IVA en cualquier momento, conforme al art. 20 de la RG 4010/17, con efectos desde el primer día del mes de aprobación. El trámite se realiza a través del servicio web de ARCA “PyME Solicitud de categorización y/o Beneficios”, rectificando el certificado vigente y seleccionando la opción de IVA diferido. 
ACTUALIDAD 01-10-2025
ACTUALIDAD 01-10-2025
(RESOG) RESOLUCIóN GENERAL / Nacional 01-10-2025
Resolución General (ARCA) 5767/2025
ARCA prorroga hasta el 28 de noviembre de 2025 los plazos de adhesión al régimen de facilidades de pago previsto en la RG 5684 y al mecanismo de refinanciación establecido en la RG 5742.
(DECRE) DECRETO / Nacional 01-10-2025
Decreto (PEN) 699/2025
El Decreto 699/2025 modifica el Decreto 617/2025 y extiende la postergación de los incrementos remanentes en los montos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, derivados de las actualizaciones del año 2024 y de los dos primeros trimestres de 2025.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 30-09-2025
Consulta 74637/2025
La venta de cuotas sociales de una SRL realizada por una persona humana está gravada por el Impuesto a las Ganancias – impuesto cedular, con una alícuota fija del 15 % sobre la ganancia neta. Esta se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el costo de adquisición: si las cuotas fueron compradas desde el 1/1/2018, el costo puede actualizarse por IPC; si fueron adquiridas antes de esa fecha, debe mantenerse a valor histórico. Además, la cesión debe instrumentarse en escritura pública y puede estar alcanzada por el Impuesto de Sellos, cuya aplicación depende de la normativa provincial, siendo el escribano quien debe retenerlo en caso de corresponder.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 30-09-2025
Consulta 74635/2025
La deducción por hijo puede computarse en forma compartida al 50 % por ambos progenitores, siempre que ambos tengan ganancias imponibles, o bien al 100 % por uno solo, según lo dispuesto por el art. 101 del decreto reglamentario. En cambio, los gastos educativos y las cuotas de medicina prepaga constituyen deducciones generales que solo puede computar el progenitor que figure en la factura y que efectivamente haya pagado el gasto.
(RESOG) RESOLUCIóN GENERAL / Nacional 30-09-2025
Resolución General (ARCA) 5766/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero prorroga la utilización de los marcadores químicos y reagentes homologados por la Resolución General 4234 y complementarias.
ACTUALIDAD 26-09-2025
(RESOG) RESOLUCIóN GENERAL / Nacional 26-09-2025
Resolución General (ARCA) 5765/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero restablece el procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS no computados por operaciones de importación, conforme a la Resolución General 5720 y su modificatoria.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 25-09-2025
Consulta 74461/2025
Cuando un contribuyente da la baja en Monotributo al 31/08/2025 y se inscribe en IVA desde el 01/09/2025, puede computar como crédito fiscal el impuesto facturado en los 12 meses previos a la fecha en que la renuncia surtió efecto. Según la RG 5003/2021, ello implica el período septiembre 2024 a agosto 2025, inclusive.
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 25-09-2025
Consulta 74459/2025
Para que un contribuyente sea dado de baja de la Base de Contribuyentes No Confiables (Base Apoc), debe iniciar una Presentación Digital bajo el trámite “Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial”. Se requiere acompañar documentación que pruebe la existencia y actividad real de la persona o sociedad (estatutos, habilitaciones, declaraciones juradas, contratos, etc.).
CONSULTA FRECUENTE / Nacional 25-09-2025
Consulta 74455/2025
Cuando una SRL entrega un vehículo a un socio que se retira, la operación se equipara fiscalmente a una enajenación. La sociedad debe facturar el rodado al socio como si se tratara de una venta, aplicando el IVA al valor de transferencia. Para el socio saliente, el vehículo recibido constituye la contraprestación por sus cuotas sociales: el hecho imponible se determina en el marco del impuesto cedular a la renta financiera, gravando con el 15% la ganancia resultante de comparar el valor actualizado de adquisición de las participaciones con el valor del bien recibido.
(RESOG) RESOLUCIóN GENERAL / Nacional 25-09-2025
Resolución General (ARCA) 5763/2025
Se modifica la Resolución General 3.688 elevando los importes a partir de los cuales las cooperativas y mutuales deben cumplir con el régimen de información de operaciones de colocación de fondos, ahorro, préstamos, cobranzas y aportes de asociados. Desde ahora, las entidades solo deberán informar cuando la sumatoria mensual por sujeto supere $1.600.000, en reemplazo del límite anterior de $10.000.
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