FAECYS y las cámaras empresarias acordaron mantener la suma fija de $40.000 y agregar otra de $60.000, ambas no remunerativas entre diciembre y marzo, que se incorporarán parcialmente al salario básico a partir de abril de 2026.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias CAC, CAME y UDECA firmaron este viernes un nuevo acuerdo salarial para el personal comprendido en el CCT 130/75, que redefine el esquema de sumas fijas no remunerativas vigente y establece su integración futura al salario básico.
El acuerdo confirma que la suma fija no remunerativa de $40.000, pactada en instancias anteriores, continuará vigente sin modificaciones entre diciembre 2025 y marzo 2026. Originalmente programada para incorporarse al básico en enero, su integración se difiere hasta abril y solo respecto de la cuota correspondiente al mes de marzo.
Además, se incorpora una nueva suma fija no remunerativa de $60.000 con idéntico período de aplicación. Cada una de sus cuotas será abonada desde diciembre hasta marzo; se extinguirán con su pago, salvo la de marzo que, al igual que la suma previa, se incorporará al básico en abril 2026.
Ambos conceptos deberán liquidarse bajo las denominaciones “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Diciembre 2025” y “Recomposición No Remunerativa – Acuerdo 2025”, manteniendo el tratamiento contributivo definido en enero de 2025. Tendrán impacto pleno en adicionales como presentismo, antigüedad, SAC, vacaciones, horas extras e indemnizaciones.
Respecto a los aportes y contribuciones, el acuerdo establece que las sumas no remunerativas tienen el mismo tratamiento que las sumas fijas anteriores, es decir no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones de:
a) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Entidades Civiles; y
b) aportes sindicales de los trabajadores establecidos por los arts. 100 y 101 del C.C.T. 130/75.
El entendimiento tendrá vigencia desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. Finalizado ese período, las partes volverán a reunirse para revisar las escalas salariales. El acuerdo también aclara que las sumas fijas no serán absorbidas por bonos extraordinarios ni conceptos sectoriales previos, aunque sí podrán compensarse con incrementos generales otorgados desde abril 2025 a cuenta de futuros aumentos.
Asimismo, se especifica que este esquema no será vinculante para los acuerdos vigentes en Río Grande, Tierra del Fuego, aunque una vez homologado constituirá el mínimo convencional aplicable al resto del país.
El texto ratifica todas las cláusulas del acuerdo firmado en abril de 2024 que no hayan sido modificadas y queda a la espera de la homologación del Ministerio de Trabajo.




