CNV modifica el régimen de Fondos Comunes de Dinero Clásicos

La CNV sube al 60% el límite de plazos fijos no precancelables para FCI Money Market clásicos

A partir de la nueva regulación, estos fondos podrán destinar hasta el 60% de su patrimonio neto a ese tipo de instrumentos, siempre que la vida promedio ponderada de los activos valuados a devengamiento no supere los 30 días corridos.

Redacción BDC09/04/2026
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La CNV sube al 60% el límite de plazos fijos no precancelables para FCI Money Market clásicos

La medida, alineada con un pedido del BCRA, también reduce el margen de liquidez exigido en esos casos especiales y redefine de manera integral las pautas de liquidez, duración y composición de cartera para los money market.

La Comisión Nacional de Valores aprobó una importante modificación en el régimen de los Fondos Comunes de Inversión de Mercado de Dinero, al permitir que los Fondos Comunes de Dinero Clásicos puedan invertir hasta el 60% de su patrimonio neto en plazos fijos no precancelables. La flexibilización aplica únicamente cuando la vida promedio ponderada de la cartera compuesta por activos valuados a devengamiento no exceda los 30 días corridos.

Hasta ahora, el límite general para ese tipo de colocaciones era del 50%. Con la nueva regulación, la CNV incorpora una excepción que eleva ese tope en 10 puntos porcentuales para los fondos que mantengan una estructura de cartera más corta y, en principio, más líquida. En paralelo, para esos casos se reduce el margen de liquidez mínimo exigido: en lugar del 80% del porcentaje total invertido en activos valuados a devengamiento, pasa a requerirse un mínimo del 65%.

La modificación fue incorporada por la Resolución General (CNV) 1126/2026 publicada este jueves, mediante la sustitución del inciso b) del artículo 15 de la Sección II del Capítulo II del Título V de las Normas de la CNV, que regula la constitución de márgenes de liquidez y disponibilidades de los fondos comunes de inversión abiertos encuadrados como Fondos Comunes de Dinero.

Según expuso la CNV en los fundamentos de la norma, el cambio responde a una solicitud formulada por el Banco Central, que propuso ampliar el margen máximo de inversión de los fondos clásicos en plazos fijos no precancelables, siempre que se verifique una vida promedio más acotada para los activos valuados a devengamiento. El objetivo declarado es mejorar la eficiencia en la asignación de activos y optimizar el rendimiento para los inversores, sin desatender criterios de prudencia, gestión del riesgo y liquidez.

Además del nuevo tope del 60%, la resolución mantiene otros parámetros centrales para los Fondos Comunes de Dinero Clásicos. Entre ellos, se conserva la posibilidad de invertir hasta el 60% en plazos fijos precancelables en período de precancelación, con la condición de que la suma de ambos tipos de plazos fijos no supere el 70% del patrimonio neto del fondo. También se dispone que los activos valuados a devengamiento distintos de esos plazos fijos no podrán superar el 35%, y que la suma de esos activos alcanzados por los límites principales no podrá exceder el 50%, ampliable a 60% si se verifica la condición de duración promedio reducida.

La norma ratifica, además, que los activos valuados a devengamiento no podrán tener un vencimiento final mayor a 95 días corridos desde la fecha de adquisición, y fija que la vida promedio ponderada de esa cartera no podrá superar, como regla general, los 35 días corridos. A esto se suma una nueva pauta expresa de prudencia: los vencimientos deberán encontrarse escalonados de acuerdo con la política de liquidez del fondo.

En materia operativa, la CNV también mantiene el límite de hasta 20% del patrimonio neto para la inversión en cauciones y sostiene la restricción de concentración por cuotapartista. En ese punto, establece que la participación al momento de suscribir no podrá superar el 20% del patrimonio neto del fondo, aunque para los fondos nuevos ese límite comenzará a regir a partir de los 90 días corridos desde el lanzamiento.

Para los Fondos Comunes de Dinero Dinámicos, la regulación conserva la estructura diferenciada ya vigente. Estos fondos podrán mantener hasta el 30% de sus carteras en activos valuados a devengamiento y hasta el 20% en plazos fijos precancelables en período de precancelación, sin que la suma de ambos conceptos exceda el 50% del patrimonio neto.

La resolución también exige que el reglamento de gestión de estos fondos incluya un apartado especial con las consideraciones de riesgo aplicables a este tipo de productos, diferenciando entre fondos clásicos y dinámicos. De este modo, la CNV refuerza la obligación de transparentar ante el público inversor el perfil y las condiciones específicas de cada vehículo.

Con este cambio, el organismo ajusta nuevamente el marco regulatorio de los money market, una categoría que ya había sido objeto de sucesivas modificaciones en los últimos años, primero con la diferenciación entre fondos clásicos y dinámicos y luego con la redefinición de límites de inversión en cauciones y plazos fijos. La nueva adecuación profundiza esa línea al otorgar mayor flexibilidad a los administradores, aunque condicionada a métricas más estrictas de liquidez y duración.

La resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

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