El esquema proyectado prevé la participación de Participantes Autorizados y Hacedores de Mercado, establece reglas especiales para la suscripción y rescate de cuotapartes y fija condiciones de transparencia e información para su comercialización. Las opiniones podrán presentarse durante 15 días hábiles en el sitio web del organismo.
La Comisión Nacional de Valores oficializó, mediante la Resolución General 1124/2026, la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas para debatir la creación de un régimen específico aplicable a los fondos comunes de inversión abiertos ETF. La medida invita a la ciudadanía y a los participantes del mercado a presentar opiniones y propuestas respecto del proyecto de reglamentación, que será sometido a consulta pública por un plazo de 15 días hábiles.
La iniciativa se apoya en la Ley de Mercado de Capitales y en la Ley de Fondos Comunes de Inversión, que ya contempla la posibilidad de constituir fondos que repliquen índices bursátiles, financieros o canastas de activos. Sobre esa base, la CNV propone desarrollar una reglamentación particular para los FCIA ETF, con el objetivo de adaptar el mercado local a estándares internacionales y ampliar la gama de instrumentos disponibles para los inversores.
De acuerdo con los fundamentos de la resolución, los ETF han mostrado un crecimiento sostenido a nivel mundial y se consolidaron como una herramienta relevante para canalizar ahorro e inversión. En ese marco, la CNV considera que la incorporación de un régimen local específico para fondos de este tipo puede contribuir a incrementar la liquidez de los activos subyacentes, mejorar la formación de precios, modernizar el mercado argentino y promover una mayor especialización de los agentes intervinientes.
El proyecto establece que los FCIA ETF deberán destinarse exclusivamente a replicar, mediante una estrategia de gestión pasiva, el comportamiento de un índice de referencia o de una canasta de activos. Sus cuotapartes deberán contar con oferta pública y negociarse en mercados secundarios autorizados por la CNV. Además, los fondos que se constituyan bajo este régimen deberán identificarse con la expresión “FCIA ETF” junto con la referencia al índice que buscan seguir.
Uno de los aspectos centrales de la propuesta es la incorporación de dos figuras operativas clave: los Participantes Autorizados y los Hacedores de Mercado. Aunque no integrarán los órganos del fondo, su intervención será obligatoria para asegurar el correcto funcionamiento del esquema. Los Participantes Autorizados podrán suscribir o rescatar cuotapartes en el mercado primario, en dinero y/o en especie, con el objetivo de ajustar la cantidad de cuotapartes en circulación y contribuir a la convergencia entre el precio de negociación y el valor del patrimonio neto del fondo.
La reglamentación proyectada también prevé que la réplica del índice pueda realizarse de distintas maneras: en forma física completa, por muestreo, en forma sintética o mediante una combinación de ambas. Para ello, deberán utilizarse activos con oferta pública autorizada en la Argentina y/o concertarse operaciones en mercados autorizados por la CNV.
Al mismo tiempo, el proyecto limita ciertos diseños de producto. En particular, no permitirá la constitución de ETF que repliquen índices apalancados, índices inversos o múltiplos de esos índices, salvo que se trate de fondos dirigidos exclusivamente a inversores calificados. Con ello, la CNV apunta a reducir riesgos y a delimitar con mayor precisión el perfil de los instrumentos que podrán ofrecerse al público inversor general.
La propuesta también contempla flexibilizar la aplicación de determinadas restricciones operativas generales previstas para los fondos comunes abiertos, siempre que ello resulte necesario para lograr una adecuada réplica o seguimiento del índice de referencia. Asimismo, exige que cada fondo cuente con reglamento de gestión y prospecto de emisión adaptados al régimen especial, y obliga a los agentes colocadores a informar de manera clara y precisa la naturaleza del producto, sus riesgos, su carácter no garantizado y sus diferencias respecto de otros fondos comunes de inversión.
En el plano procedimental, la resolución designa al Dr. Emanuel López Sena para conducir la consulta pública, habilita la vista del expediente y la carga de propuestas a través del sitio web de la CNV y aprueba el formulario que deberán utilizar quienes deseen participar.
Con esta decisión, la CNV pone en marcha una discusión regulatoria orientada a incorporar formalmente los fondos comunes de inversión abiertos ETF al mercado local, en un intento por acercar la normativa argentina a las prácticas internacionales y crear un marco más preciso para el desarrollo de vehículos de inversión pasiva con negociación secundaria.




