La iniciativa del Gobierno obtuvo 130 votos a favor y propone un cambio estructural en la relación entre el fisco y los contribuyentes, con foco en la regularización y la presunción de inocencia.
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley denominado de “Inocencia Fiscal”, impulsado por el Poder Ejecutivo con el objetivo de reformar de manera integral el sistema tributario y el Régimen Penal Tributario, e incentivar la utilización de activos no declarados.
La iniciativa fue aprobada con 130 votos afirmativos, 107 negativos y 2 abstenciones, luego de una extensa sesión marcada por el cansancio del recinto y un cierre abrupto del debate. Desde los bloques oficialistas y aliados se destacó que el proyecto propone un cambio de paradigma en la relación entre el Estado y los contribuyentes, basado en la presunción de inocencia y en la priorización de la regularización voluntaria por sobre la persecución penal.
Entre los principales ejes, el proyecto redefine los criterios para la configuración de los delitos fiscales, reservando la intervención penal para supuestos de evasión relevante. En ese marco, se elevan de manera sustancial los umbrales a partir de los cuales la evasión se considera delito, tanto en su modalidad simple como agravada, así como en materia de seguridad social y uso de facturas apócrifas.
Asimismo, se prevé la extinción de la acción penal cuando el contribuyente regularice su situación fiscal y se establecen límites al inicio o continuidad de procesos penales cuando las facultades del fisco para determinar la deuda se encuentren prescriptas. En paralelo, se reduce el plazo general de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años.
También recordamos que el proyecto eleva de manera sustancial los montos de las multas por falta de presentación. El proyecto propone multiplicar por hasta 300 veces los valores de sanciones establecidos en la normativa vigente. Entre los puntos destacados:
- Las multas mínimas por infracciones formales pasan de $200 a $220.000, mientras que las máximas escalan de $400 a $440.000.
- La omisión de presentación de declaraciones juradas informativas pasará a sancionarse con multas de $5 millones a $10 millones.
- La falta de presentación de información sobre operaciones internacionales o con sujetos del exterior podrá ser multada con hasta $22.000.000.
- Las violaciones generales a la ley serán sancionadas con montos entre $150.000 y $2.500.000 (antes: $150 a $2.500), con un techo que puede alcanzar $35 millones según el tipo de contribuyente.
El proyecto también incorpora una presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma y crea un Régimen Simplificado de Declaración Jurada, orientado a facilitar el cumplimiento, incentivar la formalización y evitar que la información patrimonial sea utilizada como mecanismo de persecución futura. En el impuesto a las ganancias, se introduce un régimen simplificado con tope patrimonial elevado, en el cual el tributo se determina exclusivamente sobre los ingresos facturados, sin control del crecimiento patrimonial ni de los consumos.
Desde la oposición y la izquierda se cuestionó duramente la iniciativa, calificándola como una norma que favorece la evasión y el lavado de activos, y se criticó la ausencia de debate en profundidad. No obstante, las objeciones no prosperaron y el proyecto avanzó sin modificaciones sustanciales.
Con la media sanción de Diputados, el proyecto de Inocencia Fiscal pasó al Senado, donde continuará su tratamiento legislativo en un contexto de fuerte controversia política y económica.




