Comisión Arbitral ratifica la prórroga de SIRCAR y SIRTAC por inconvenientes técnicos

La Resolución General 18/2025 ratifica que las declaraciones juradas y pagos de la primera quincena de septiembre, registrados hasta el 26 de septiembre, se considerarán presentados en término.

Redacción BDC13/10/2025
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Comisión Arbitral ratifica la prórroga de SIRCAR y SIRTAC por inconvenientes técnicos

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral oficializó la ratificación de la Disposición de Presidencia N° 11/2025 a través de la Resolución General 18/2025, publicada este lunes 13 de octubre en el Boletín Oficial.

La norma confirma que, debido a inconvenientes técnicos extraordinarios ajenos a la responsabilidad del organismo ocurridos el 22 de septiembre, se tendrán por realizadas en término las presentaciones de declaraciones juradas y pagos correspondientes a la primera quincena de septiembre de 2025, tanto para los agentes del Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR) como para los del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).

En el caso del SIRCAR, los vencimientos habían operado los días 22 y 23 de septiembre, mientras que para el SIRTAC lo hicieron los días 23 y 24 del mismo mes. Sin embargo, las presentaciones y pagos efectuados hasta el viernes 26 de septiembre fueron considerados válidos y presentados dentro de plazo.

La medida busca garantizar la seguridad jurídica de los agentes de recaudación afectados por la contingencia técnica y evitar sanciones o intereses por causas ajenas a su accionar. La resolución ordena su publicación en el Boletín Oficial y la notificación a las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral.

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